Memoria 2020 Tomo 3
contribuye a la legitimidad, al diseño pluralista de las instituciones estatales y a la construcción del sistema democrático. Tal deber se deduce del hecho de ser parte de una organización política que es el Estado. El voto, pues, es entendido como un derecho individual y como una función o deber. El Estado por su parte, debe crear las condiciones necesarias para que el ejercicio del derecho tenga lugar, y por esta razón es que la Organización Electoral tiene un papel primordial al garantizar la recepción del voto y su contabilización. 207 D. ¿Qué es una elección? Para efectos de este análisis es preciso anotar que el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos conocida como « Pacto de San José de Costa Rica» 208 en el artículo 23 sobre derechos políticos prevé que los ciudadanos gozan del derecho « de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de voluntad de los electores». Para determinar qué se entiende por elección, es muy importante el aporte del profesor Dietter Nohlen para el Diccionario Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, órgano creado a instancias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Dice el tratadista: Como muchos otros conceptos claves de la política, la acepción «elección» está marcada por un dualismo de contenido. Por una parte puede tener un sentido neutro o «técnico», y por la otra, un sentido sesgado u «ontológico». Si no se hiciera esta diferenciación no podría entenderse por qué en sociedades y sistemas políticos tan diversos en su estructura y orientación, las elecciones son parte de lo cotidiano de la política. 207 Araujo, Rocío. Ob. cit. Páginas 346 y 347. 208 La convención fue aprobada por la Ley 16 de 1972, y tiene los efectos previstos en el artículo 93 de la Constitución Política de Colombia. 248 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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