Memoria 2020 Tomo 3
5. Derogatoria del parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley 1904 de 2018. Mecanismo de integración de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria. Radicado 2421 Fecha: 09/07/2019 Consejero Ponente: Germán Alberto Bula Escobar Levantamiento de la reserva mediante oficio de fecha 16 de enero de 2020 El señor Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República de la época consultó a la Sala sobre si, con el propósito de integrar la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, el Presidente de la República debía adelantar el concurso público para conformar y presentar al Congreso de la República las tres ternas de su competencia, y cuáles serían los efectos correspondientes, con independencia de las actuaciones del Consejo Superior de la Judicatura sobre conformación de las ternas que a este competen. Para el concurso público se aplicaría la Ley 1904 de 2018 164 , en virtud de la analogía prevista en el parágrafo transitoriode su artículo 12 y conbase en el concepto emitido por esta Sala de fecha 29 de octubre de 2018, con Radicación interna 2400. Con posterioridad a la consulta entró en vigencia la Ley 1955 de 2019 165 que adoptó el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022; y en su artículo 336 derogó el mencionado parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley 1904 de 2018. En razón de tal derogatoria, la señora Directora (encargada) del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República dio alcance a la consulta original para plantear nuevas inquietudes a la Sala, como se expondrá adelante. 164 Ley 1904 de 2018 (junio 27) “Por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública previa a la elección de Contralor General de la República por el Congreso de la República.” 165 Ley 1955 de 2019 (mayo 25) “por el (sic) cual se expide el plan nacional de desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”” 207 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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