Memoria 2020 Tomo 3

2. La ponencia positiva para primer debate al citado proyecto de ley, en las comisiones tercera y cuarta conjuntas de Senado y Cámara, fue publicada en las gacetas Nos. 1047 de la Cámara de Representantes y 1048 del Senado de la República, ambas de fecha 28 de noviembre de 2018. En dicha ponencia tampoco se evidencia que el legislador haya pretendido modificar el numeral 11 del artículo 879 del Estatuto Tributario. De igual manera se presentó un informe de ponencia para primer debate con modificaciones, el cual fue publicado en las gacetas Nos. 1060 del 28 de noviembre de 2018 de la Cámara de Representantes y 1061 del 28 de noviembre de 2018 del Senado. En dicho informe de ponencia alternativo tampoco se evidencia modificación alguna al numeral 11 del artículo 879 del Estatuto Tributario. 3. En las ponencias para segundo debate, tanto en la plenaria del Senado de la República como en la plenaria de la Cámara de Representantes, se incorporó la modificación al numeral 11 del artículo 879 del ET. Esta modificación consistió en adicionar una exención del gravamen a los movimientos financieros para los créditos externos desembolsados en moneda legal por agentes no residentes. La finalidad de tal modificación fue la de igualar las condiciones de los acreedores no residentes, en términos de la regulación cambiaria, frente a los acreedores residentes, de tal manera que a aquellos no se les aplique el gravamen a los movimientos financieros. La propuesta demodificación a la citada disposición, así como su justificación, quedóestipulada en las ponencias para segundodebate tantoenplenaria del Senado como en plenaria de la Cámara, publicadas en las gacetas 1137 y 1139, ambas del 13 de diciembre de 2018, respectivamente, de la siguiente forma: 1358 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz