Memoria 2020 Tomo 3

A.4. El derecho de acceso a los servicios de Salud de manera oportuna, eficaz y con calidad De acuerdo con lo expuesto en la sentencia T-760 de 2008, uno de los ámbitos más importantes de protección del derecho a la salud es el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad. Frente a este derecho, la Corte señala las siguientes exigencias, analizando al mismo tiempo las problemáticas y requerimientos que se presentan en la materia en el derecho colombiano: i) Contar con un sistema de salud que garantice el acceso a los servicios de salud. ii) Garantizar la pertenencia de todas las personas al sistema, por sus características de universalidad y, por ende, la prestación de los servicios a todos los ciudadanos. iii) Conocimiento de la información adecuada y necesaria para acceder a los servicios de salud con libertad y autonomía. iv) Garantizar el acceso a los servicios de salud con calidad, eficacia y oportunidad. v) Acceso a los servicios de salud que requieren los sujetos de especial protección constitucional, como las niñas y los niños. Por su especial influencia en la expediciónde la Ley 1751de 2015, la Sala considera relevante referirse a las consideraciones expuestas por la Corte Constitucional en relación con la exigencia de que las entidades responsables garanticen el acceso a los servicios de salud con calidad, eficacia y oportunidad. La referida sentencia enfatizó en que la garantía constitucional de acceso a los servicios de salud de una persona no puede ser obstaculizada por el hecho de que el servicio no esté incluido dentro de un plan obligatorio de salud. Enconexióncon loanterior, la SentenciaT-760de2008analiza el problema relativo a la incertidumbre de los servicios incluidos, los no incluidos y los excluidos del plan obligatorio de salud, y concluye que esta circunstancia desprotege el derecho a la 1134 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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