Memoria 2020 Tomo 3
finalidades legítimas e importantes, ya que se pretende asegurar la igualdad de oportunidades de acceso a la función pública así como mejorar la eficiencia del servicio en esa entidad. Además, se trata de una norma que no afecta de manera desproporcionada los derechos subjetivos de los trabajadores ya vinculados a la carrera en la Contraloría, ya que estos servidores no sólomantienen su estabilidad y pueden participar de tales concursos sino que, además, y como bien lo señala uno de los intervinientes, en la práctica tienen ciertas ventajas comparativas en tales procesos de selección. (Resalta la Sala) En conclusión, al disponer el legislador que los concursos en la Contraloría son abiertos, debe entenderse que ese es el sistema que en ejercicio de su amplia libertad de configuración diseñó para valorar los méritos de los aspirantes a ascender dentro de la carrera especial. D. La Ley 1960 de 2019 La ley, sancionada el 27 de junio del año que transcurre, modifica la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 1567 de 1998 y dicta otras disposiciones. De la exposición de motivos del proyecto 840 se extracta lo siguiente: El articuladode iniciativa gubernamental pretendió efectuar los ajustes necesarios a la Ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 1567 de 1998 para dar a las entidades del Estado normas claras y homogéneas en cuanto al ascenso para el bien de los empleados de carrera. Los concursos de ascenso tienen como finalidad reconocer el desempeño de los servidores escalafonados en la carrera y permitirles la movilidad a un cargo superior dentro de la planta de personal. Lo concursos serán de ascenso cuando: 1. la vacante o vacantes a proveer pertenecen a la misma planta de personal, en los niveles asesor, profesional, técnico o asistencial. 840 Proyecto de Ley 006 de 2017- Cámara 1018 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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