Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 252 cia y cuidado que los hombres emplean ordinariamente en sus negocios propios, lo que se opone a la diligencia o cuidado ordinario o mediano. En efecto, los servidores públicos que tienen a su cargo no sólo la toma de decisiones que determi- nan la gestión fiscal sino la ejecución presupuestal a través de la ordenación, control, dirección y coordinación del gasto, así como los contratistas y particulares que manejan recursos y bienes del Estado, actúan como gestores de la administración. De conformidad con el artículo 2155 del C.C. el mandatario responde hasta de la culpa leve en el cumplimiento de su encargo.” 176 Responsabilidad fiscal. Objeto Sentencia: Consejo de Estado. Sección Primera Fecha: 30/01/2004 Radicado: 25000-23-24-000-2001-00284-01 Ponente: Olga Inés Navarrete Barrero Otras sentencias que citan el mismo concepto: Sentencia del 3/03/2005. Rad. 25001-23-15-000- 2004-00823-01(PI) / Sentencia del 20/09/2007. Rad. 18001-23-31- 000-2000-00277-01 Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 03/10/1995 Radicado: 732 Ponente: Javier Henao Hidrón Sobre el objeto del proceso de responsabilidad fiscal, esta Corporación ha dicho: “El objeto de la responsabilidad fiscal consiste en que las per- sonas encargadas de la recaudación, manejo o inversión de dineros públicos o de la custodia o administración de bienes del Estado, que por acción u omisión y en forma dolosa o cul- posa, asuman una conducta que no está acorde con la ley - o cualquier otro funcionario que contraiga a nombre de los órga- nos oficiales obligaciones no autorizadas por aquélla-, deberán 176 Cita original n.º 17: Consejo de Estado. Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto de 29 de julio de 1996. Consejero Ponente Dr. Roberto Suárez Franco.

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