Libro
Verdades en Convergencia Análisis de la jurisprudencia del Consejo de Estado en diálogo con la Comisión de la Verdad 190 Uno de ellos es un caso cuyas víctimas fueron RamónAlirio Pérez Vargas y Gerardo Liévano García, los dos torturados entre el 2 y el 5 de noviembre de 1993, siendo el último posteriormente encontrado incinerado 477 . 468. Otro es la desaparición forzada, tortura y muerte violenta de Oscar y Dairo Alonso Salinas Castellanos, producidas el 3 y 22 de octubre de 2002. En este caso se encontró que miembros del Ejército Nacional, tiempo atrás, venían amenazando al señor Oscar Salinas Castellanos, inti- midación que se concretó en la detención y asesinato de las víctimas. En el último caso, la tortura se puede rastrear de los cuerpos de las víctimas que fueron encontrados con evidentes muestras de malos tratos (uno de ellos “pre- sentaba tres heridas en región mamaria izquierda, una herida región temporal izquierda y una herida región bucal izquierda al parecer con arma blanca” y el otro cuerpo que presentaba cuatro orificios en región supra mamaria y mamaria izquierda, dos orificios cervical derecho y un oficio región bucal, heridas realizadas al parecer con arma blanca”), de modo que el Tribunal infirió: “Las condiciones de extrema violencia en las que se dictaminaron las condiciones de los cadáveres [que] refleja que se trató de una muerte atroz, con excesiva violencia al utilizar- se en múltiples oportunidades un arma blanca que hizo blanco en la humanidad de cada una de las víctimas” 478 . 469. A su turno, en el primero de los casos, el cuerpo encontrado presentó un golpe contuso con gran energía en la región malar que produjo fracturas múltiples del tercio medio de la cara derecha, con hundimiento del piso de la órbita y el hueso malar (trauma contuso producido encontrándose la víctima en vida), además de encontrarse el cadáver incinerado, lo que concordaba con los testimonios recabados en el proceso que dieron cuenta de que “el entonces Teniente William Roberto del Valle les apuntaba [a los detenidos] con el revólver en la cabeza haciéndolo martillar sin que saliera proyectil alguno, así como tam- bién les propinaba golpes, les lanzaba puntapiés, rodillazos por su estómago para sacarles el aire, y como quiera que Gerardo o alias ‘Libardo’ o el Ingeniero Ramírez tenía una lesión abierta en el pómulo derecho, vieron cuando otro de los militares para lacerarle la herida le introducía la punta del cañón de un arma de fuego para causarle intenso sufrimiento físico, y con la camisa de Nelson Emilio empapada de gasolina le prendían fuego, escuchando sus gritos de dolor. Además, como con- secuencia de esos golpes igualmente recibió lesiones craneanas que conforme el resultado de la necropsia practicada a los despojos mortales se comprobó que estas le causaron como consecuencia la muerte (…)” 479 . 470. 477 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 20 de junio de 2013, exp. 23603, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 478 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 3 de diciembre de 2014, exp. 45433, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 479 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 20 de junio de 2013, exp. 23603, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa.
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