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Verdades en Convergencia Análisis de la jurisprudencia del Consejo de Estado en diálogo con la Comisión de la Verdad 104 mado de desplazamiento entre el punto de origen y el punto de destino es de 1,2 horas en vehículo, lo que indica que se debió presentar una logística importante. Las distancias al interior del departamento de Antioquia dan cuenta de una tecni- ficación de los traslados, que implica una práctica de ocultamiento, pero también pone de presente la sofisticación de la violación ejecutada a través de una serie de actividades delictivas que no se reducen al gravísimo hecho de quitar la vida, sino a la existencia de un eslabón de acciones en torno a las ejecuciones que involucran a varios grupos. Una tercera modalidad no contiene el elemento de la detención, sino que se produ- ce a raíz de simulados encuentros fortuitos con miembros de grupos delincuencia- les que desencadenan combates. En estos casos, el Consejo de Estado ha conocido algunos en los que las víctimas fueron movilizadas a los lugares por civiles que ac- tuaron como reclutadores para ofrecer trabajos legales e ilegales. Así sucede en un caso que compromete a miembros del pelotón Bolívar del Batallón de Infantería n.° 18 “Jaime Rooke” del Ejército Nacional en el cual se empleó a un reclutador, como lo era un guerrillero desmovilizado, Luis Jhon Castro Ramírez, quien convidó a las víctimas y otras tres personas a la comisión de un presunto ilícito en la zona de la vereda Potreritos de Ibagué, en una finca en la que el pelotón se reunió dos días antes con armas de largo alcance. Una vez llegaron al lugar, las víctimas fueron utilizadas “como señuelos para que fueran abatidos por los miembros del pelotón Bolívar, para luego presentarlos como presuntos miembros de un grupo armado insurgente o de una banda criminal […]. Se trata, pues, de hechos que indican de manera contundente que la práctica de las ‘falsas e ilegales acciones so pretexto del cumplimiento de mandatos constitucionales’, encubrió el 28 de febrero de 2008 la realización de ejecuciones extrajudiciales, actos de exterminio de limpieza social de presuntos delincuentes por parte de los miembros del pelotón Bolívar” 209 . Una cuarta modalidad se presenta en la jurisprudencia cuando, con las anteriores modalidades, se lleva a cabo la desaparición de las víctimas (ver siguiente capítulo). 1.2.4. Formas de ocultamiento y distorsión de la realidad para justificar los asesinatos Según el informe del Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales de las Naciones Unidas, Philip Alston 210 , “[l]as fuerzas de seguridad han perpetrado un elevado número de asesinatos premeditados de civiles y han presentado fraudu- 209 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 5 de septiembre de 2017, exp. 38058, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 210 Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Philip Alston, al Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 14º período de sesiones, 31 de marzo de 2010. A/HRC/14/24/Add.2
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