235504 Memorias 2018 Tomo I
96 SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS AÑO 2018 De igual forma, el artículo 11, modificado por el artículo 59 de la Ley 388 de 1997, esta- blece las entidades competentes para adelantar procesos de expropiación, dentro de las cuales están: “Además de lo dispuesto en otras leyes vigentes, la Nación, las entidades territoriales, las áreas metropolitanas y asociaciones de municipios podrán adquirir por enajena- ción voluntaria o decretar la expropiación de inmuebles para desarrollar las activida- des previstas en el artículo 10 de la Ley 9 de 1989. Los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta asimiladas a las anteriores, de los órdenes nacional, departamental y municipal, que estén expresamente facultadas por sus propios estatutos para desarrollar alguna o algunas de las actividades previstas en el artículo 10 de dicha Ley, también podrán adquirir o decretar la expropiación de inmuebles para el desarrollo de dichas activida- des”. (Subrayado por la Sala) 6 La citada norma habilitó en su momento al Departamento Nacional de Planeación, para afectar por utilidad pública e interés social el predio del señor Hernán de Jesús Lee Campos identificado con la matrícula inmobiliaria No. 176-21018. En la Ley 9 de 1989, norma vigente para la época de los hechos, se encuentra reglamen- tada la expropiación por vía judicial, pues solo a partir de la promulgación de la Consti- tución Política de Colombia de 1991 se permite la expropiación administrativa reglamen- tada por la Ley 388 de 1997, la cual solo es procedente de forma excepcional para casos que determine la norma. Es menester precisar que tanto en el proceso de expropiación judicial así como en el de expropiación administrativa existe una etapa previa denominada negociación, debido a que en ella la entidad intenta adquirir el bien de forma directa con el propietario y así evitar la iniciación del proceso expropiatorio propiamente dicho. Es así que las etapas del proceso de expropiación se encuentran contenidas en la Ley 9 de 1989 y la Ley 388 de 1997: i) Primera etapa: oferta de compra, esta es la fase previa de negociación dentro del pro- ceso expropiatorio, que se presenta tanto en el proceso por vía judicial como en el pro- ceso por vía administrativa. En esta etapa se expide un acto administrativo que contiene la oferta de compra que se hace al propietario del bien cuya expropiación se requiere. El oficio contendrá la oferta de compra, la transcripción de las normas que reglamentan la enajenación voluntaria y la expropiación, la identificación precisa del inmueble y el pre- cio base de la negociación. 7 El citado oficio será notificado al propietario del bien inmue- ble y será inscrito en el folio de matrícula inmobiliaria del inmueble 8 , la norma señala: 6 Antes de la modificación de la Ley 388 de 1997 la norma decía así: “La Nación, las entidades territoriales, las áreas metropolitanas y asociaciones de municipios podrán adquirir por enajenación voluntaria o decretar la expropiación de inmuebles urbanos o suburbanos para desarrollar las ac- tividades previstas en el artículo 10 de la presente ley. Los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las socie- dadesdeeconomíamixtaasimiladasa lasanteriores,de losórdenesnacional,departamentalymunicipal,queesténexpresamente facultadaspor sus propios estatutos para desarrollar alguna o algunas de las actividades previstas en el artículo 10 de la presente ley, también podrán adquirir o decretar la expropiación de inmuebles urbanos o suburbanos, para el cumplimiento de dichas actividades. Para los efectos de la presente ley, son entidades públicas las enumeradas en el inciso anterior”. 7 Artículo 13 de la Ley 9ª de 1989. 8 Artículo 13 de la Ley 9ª de 1989 “(…) Los inmuebles así afectados quedarán fuera del comercio a partir de la fecha de la inscripción, y mientras sub- sista, ninguna autoridad podrá conceder licencia de construcción, de urbanización, o permiso de funcionamiento por primera vez para cualquier
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