235504 Memorias 2018 Tomo I

510 A SUNTOS ELECTORALES “Los delegados del Gobierno de la Republica de Colombia (el Gobierno nacional) y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejercito del Pueblo (FARC- EP) consideran que: Sentar las bases para la construcción de una paz estable y duradera requiere de la reincorporación efectiva de las FARC-EP a la vida social, económica y política del país” 409 . La reincorporación de los integrantes de las FARC-EP a la vida civil constituye un aspec- to esencial para la consecución de la paz y por tanto la conservación del orden público 410 . vii) Los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR) 411 , los cuales ha- cen parte de los compromisos acordados entre el Gobierno nacional y las FARC-EP, son fundamentales para llevar a cabo el proceso de reincorporación de los ex miem- bros de este grupo, proceso que corresponde a un aspecto esencial dentro de los acuerdos alcanzados entre las partes. Así, el artículo 2º del Decreto 2026 de 2017 establece: “Definición. Los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR) son lugares para el desarrollo de actividades que faciliten la reincorporación a la vida civil en lo económico, lo social y lo productivo de los ex miembros de las FARC-EP debida- mente acreditados por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz en los términos del artículo 2º del Decreto ley 899 de 2017 y realizar actividades misionales de las entida- des del orden nacional y territorial destinadas a la comunidades aledañas”. viii) A través de los ETCR se busca asegurar el cumplimiento de los compromisos esta- blecidos en el Acuerdo Final y continuar con la implementación de este 412 . ix) La provisión de las Inspecciones de Policía es necesaria para la conservación del orden público, pues de acuerdo con lo establecido de manera expresa por el artí- culo 4º del Decreto 2026 de 2017, lo que se busca con dichas inspecciones es: 409 Acuerdo Final para la Terminacion del Conflicto y la Construccion de una Paz Estable y Duradera, p. 68. 410 “Contiene tambien el acuerdo “Reincorporacion de las FARC-EP a la vida civil –en lo economico, lo social y lo politico- de acuerdo con sus intere- ses”. Sentar las bases para la construccion de una paz estable y duradera requiere de la reincorporacion efectiva de las FARC-EP a la vida social, economica y politica del pais. La reincorporacion ratifica el compromiso de las FARC-EP de cerrar el capitulo del conflicto interno, convertirse en actor valido dentro de la democracia y contribuir decididamente a la consolidacion de la convivencia pacifica, a la no repeticion y a transformar las condiciones que han facilitado la persistencia de la violencia en el territorio”. Ibídem, p. 8. 411 Estos espacios fueron creados por el artículo 3º del Decreto 1274 de 2017: “La Zona Veredal Transitoria de Normalización (ZVTN) y el Punto TransitoriodeNormalización (PTN),unavezterminadosdeconformidadcon lodispuestoenelartículo1delpresentedecreto,setransformarán en Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR), a efectos de continuar el proceso de reincorporación de los exmiembros de las FARC - EP. La transformación de las zonas en Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR) no implica suspensión de la normalidad institucional ni del Estado social y democrático de derecho”. 412 “Que la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), mediante el “Comunicado Conjunto número 19 Comunicado CSIVI sobre cumplimiento de compromisos, D+180 y siguiente fase de implementación” del 29 de mayo de 2017, con el propósito de asegurar el cumplimiento de los compromisos que prevé el Acuerdo Final, incluido lo relativo al D+180 y proyectar la siguiente fase de implementación, construyó una hoja de ruta mediante la cual se hará una “Conversión de las Zonas Veredales en Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación. Los Espacios servirán para capacitar a los integrantes de las FARC-EP para su reincorporación a la vida civil, preparar proyectos productivos y atender las necesidades de formación técnica de las comunidades aledañas, en un modelo de reincorpora- ción comunitaria (...)””. Decreto 2240 de 2017, considerandos.

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