Antología - Tomo VI
200 años Consejo de Estado LXXXVI constituyente y poder de reforma, supranacionalidad e integración regional y constitución ecológica. En el tercer capítulo se incluyen conceptos de la Sala sobre estructura, organización y funcionamiento del Estado, tipología y alcances de los decretos del Gobierno Nacional, las funciones de intervención y los servicios públicos, y los actos administrativos y los principios de la función administrativa El cuarto capítulo está destinado a los conceptos relacionados con la rama legislativa, corporaciones públicas y funcionarios de elección popular, tipos de leyes y asuntos electorales en general. El quinto capítulo de la obra contiene extractos sobre función pública, derecho laboral colectivo y régimen prestacional y de seguridad social, a través de los cuales se puede constatar una sólida doctrina en relación con la protección del empleo público, el régimen de carrera administrativa, el principio de mérito y los derechos sindicales y colectivos de los servidores públicos. El sexto capítulo se refiere a la contratación estatal, sus principios, el desarrollo de la etapa precontractual, las modalidades de selección, la etapa contractual propiamente dicha y la finalización del contrato. Finalmente, el capítulo séptimo está dedicado al régimen de hacienda pública, bienes del Estado, control fiscal, régimen presupuestal y facultad impositiva del Estado (impuestos, tasas y contribuciones). En el discurso de instalación del Consejo de Estado en 1817, Simón Bolívar decía que “en todos los casos arduos, el dictamen del Consejo de Estado será oído y sus avisos tendrán la más grande influencia en las deliberaciones del jefe Supremo”, y advertía también que dicha función consultiva estaría sostenida de la primera de todas las fuerzas, “que es la opinión pública”. Ambas afirmaciones han sido las constantes de la función consultiva de la Sala. Por una parte, los conceptos citados en la presente publicación reflejan cómo la Sala de Consulta y Servicio Civil es consultada en asuntos que tocan las más diversas áreas del derecho constitucional y administrativo y, sobre todo, en asuntos de gran relevancia institucional. De otra parte, el hecho de que los conceptos de la Sala no sean vinculantes, trae consigo el que su importancia esté dada por la fuerza de sus argumentos y por el
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