Antología - Tomo VI

Antología Jurisprudencias y Conceptos • 1817 - 2017 • T VI 351 En síntesis, y teniendo en cuenta, tanto el pronunciamiento de la Corte Constitucional como los de la Sección Quinta de lo contencioso administrativo de esta Corporación, y los de la Sala de Consulta, se considera que un diputado elegido el 29 de octubre de 2000 no puede ser elegido congresista en las elecciones de marzo de 2002, porque los períodos de la Asamblea y el Congreso coinciden parcialmente, salvo que presente renuncia motivada y le sea aceptada previamente a la inscripción de su candidatura al Congreso…». César Hoyos Salazar, Juan Camilo Osorio, Flavio Rodríguez Arce, Augusto Trejos Jaramillo.

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