Antología - Tomo VI
Antología Jurisprudencias y Conceptos • 1817 - 2017 • T VI 307 de 1.995, aplicable a todos los servidores públicos, establece las siguientes inhabilidades: (…) Incompatibilidades. Las incompatibilidades conllevan la prohibición jurídica de coexistencia de dos actividades, es decir, son aquellos actos que no puede realizar el servidor público durante el ejercicio del cargo o empleo. Las incompatibilidades predicables del Vicepresidente están supeditadas a las funciones que cumpla. Así, si ejerce la Presidencia de la República, aquellas serán las mismas del titular, puesto que el encargado hace las veces del Primer Magistrado según el artículo 195 de la Carta; si es nombrado en un empleo de la rama ejecutiva, lo cobijan las inhabilidades predicables de los servidores públicos y en particular las del empleo o cargo que ejerza; igual situación acontece en el caso del desempeño de misiones, encargos o funciones especiales, el cual implica el ejercicio de funciones públicas.»… César Hoyos Salazar, Ricardo H. Monroy Church, Flavio Rodríguez Arce, Augusto Trejos Jaramillo.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz