Antología - Tomo VI

Antología Jurisprudencias y Conceptos • 1817 - 2017 • T VI 269 a adquirir personas naturales o jurídicas de derecho privado en el capital de “4-72” fuere superior al 10%, la sociedad de economía mixta que surja de dicha operación estaría sujeta a las reglas especiales consagradas para esa clase de entidades en la Ley 489 de 1998 y en otras leyes, así como a las normas generales que gobiernan las sociedades mercantiles, contenidas principalmente en el Código de Comercio. Vale la pena precisar, adicionalmente, que si la participación que adquirieren los particulares fuese inferior al 50% del capital social, lo cual implicaría que el Estado continuare poseyendo una participación superior al 50%, la eventual sociedad de economía mixta que surja de la enajenación seguiría siendo una “entidad estatal”, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º, numeral 1º, literal a) de la Ley 80 de 1993, y estaría sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con las salvedades que establece el artículo 14 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el 93 de la Ley 1474 de 2011…». Álvaro Namén Vargas, Germán Alberto Bula Escobar, William Zambrano Cetina

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