Antología - Tomo VI
200 años Consejo de Estado 206 3) Desde la perspectiva del porcentaje de participación estatal: la regla de control o participación pública mayoritaria De manera consistente la legislación ha acudido a un criterio adicional (no solo basado en la teoría organizacional del Estado o en el régimen de sus actos) para identificar lo que debe entenderse por entidad pública o estatal: la existencia o no de una participación pública mayoritaria (superior o por lo menos equivalente al 50%). Este referente de participación mínima estatal para marcar una línea de diferenciación entre lo público y lo privado no es aleatorio. Se deriva de la lógica propia de funcionamiento de las sociedades y en particular de los elementos que permiten ejercer su control e incidir en las decisiones de la empresa.»… Germán Alberto Bula Escobar, Édgar González López, Álvaro Namén Vargas.
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