Antología - Tomo VI
159 I. DECRETOS DEL GOBIERNO NACIONAL DECRETOS ESPECIALES Agotamiento de facultades del Gobierno Nacional 25 de abril de 1958 Radicación: 891-CE-SNG-1958-04-25 …« Cuando el Congreso quiso promover la organización de una empresa colombiana de petróleos autorizó por medio de la Ley 165 de 1948, al Gobierno, para hacerlo. Esta autorización, contenida en el artículo 1° de la citada ley, contemplaba tres maneras de formar la empresa, pero con primacía: Primero debía propenderse a su formación con capital de la Nación, con capital extranjero y con capital nacional privado. Si esto no fuere posible por no obtenerse la participación del capital extranjero, debería formarse la empresa con capital de la Nación y capital privado nacional. Finalmente, si tampoco esto último fuere posible, se autorizaba al Gobierno para organizar la empresa como netamente oficial. Este último caso fue el que sucedió, debiéndose admitir que no fue posible obtener los capitales extranjero y nacional privado después de haberlos buscado, pues tal era el querer del legislador. Pero la Ley 165 de 1948 no le dio al Gobierno autorización para que, si no lograba la consecución de esos capitales organizara provisionalmente la empresa oficial, por si más tarde era posible conseguir capital extranjero o colombiano para convertir la empresa oficial en sociedad anónima o en empresa de economía mixta. El Gobierno debía preferir estas últimas, pero al no lograrlo quedaba facultado para la tercera fórmula. Así lo hizo por el Decreto número 30 de 1951. Se atuvo a lo que entonces encontró únicamente posible. Tuvo que hacerlo con una de las tres facultades que le daba la ley. Y al hacerlo así hizo uso de todas las tres facultades que se le daban, que deben entenderse otorgadas por una sola vez y con escogencia de una
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