libro

- TERCER ENCUENTRO - CARTAGENA 2005 Debo decir además que esto es un tema, donde se trata un delito cometido exclusivamente por la madre, el Código Penal no encuentra otro, en donde el sujeto activo sea más calificado que este, porque nadie más que la mujer actúa en ese momento; entonces, en ese momento ella se convierte en una victimaria y no lo estoy diciendo ahora por estar en este foro, sino porque desde el punto de vista criminológico es más una víctima en el proceso, que termina como procesada de una manera drástica. Aquí además de los aspectos funcionales debemos también agregar el sistema civil, el sistema procesal con toda su formalidad y más ahora que ha vuelto a incorporarse el tema en el aspecto dogmático, dejando muy lejos todos estos aportes de la criminología, especialmente una criminología que mide, que hasta ahora diría yo la sala de casación penal apenas ha resuelto fallar con las circunstancias completas del sujeto, analizar el punto de vista y tener en cuenta lo más importante que es ese sujeto en sus circunstancias como es lo que aquí pasó y lo que aquí evidentemente se registró. Se trata en este caso de una mujer que se supone que es de origen campesino sin mayor ilustración desde el punto de vista de alfabetización, educación, etc. , se traslada por circunstancias muy comunes a la ciudad de Medellín en donde prácticamente va a operar como empleada del servicio domestico. De un momento a otro, en circunstancias y esto es un reclamo muy grande al proceso, quedo embarazada y digo que es un reclamo porque ese punto se coló, después es un vacío terrible, averiguar cómo fue que ella llegó a su estado de su preñez, porque aparentemente todo indicaría que fue a tomar una gaseosa con un pariente, con unos amigos o simplemente conocidos esta mujer sin vida social alguna y cuando se da cuenta que tiene dificultades, que se da cuenta que tiene retraso de su periodo menstrual advierte que está embarazada y no sabe exactamente qué fue lo que pasó, y entonces aborda al individuo que pudo embarazada. Es que ese señor que salió a la ciudad era un violador, era un usurpador, que se yo, pero nunca más se le volvió a tener en cuenta en el proceso y era un protagonista enorme de la tragedia, de todas las cosas, de la responsabilidad del bebe, etc. , el hombre la acompaña y le dice entonces que lo vamos a tener. Pero claro todo eso sucede dentro de ese ámbito cultural de enorme de irresponsabilidad. La mujer oculta el embarazo, disimula el vientre no le dice nada a nadie, en este caso parece que solamente a una confidente se lo manifiesta y esto pensando que quiere tener al niño. También además de ocultar el embarazo, es furtivo el proceso del parto, es clandestino no se ayuda . Ahí puede pasar de todo, además como suele suceder el padre no aparece, entonces, ahí esa etapa se le vuelve espantosa. Entonces, en el momento mismo del parto, como ella misma lo relata, sigue el proceso de rescatar a la criatura del fondo de la tasa de sanitario, seguramente nace de cabeza y cuando advierte que ya no respira la deja entre un costal, rompe el cordón umbilical con un alambre que hay por ahí porque en sus días se ha preparado para esto, y entonces se va a su cama en un estado lamentable de depresión. Cuando una hermana de ella descubre el cadáver de la niña, entonces se va para el hospital y allí comienza otra fase. Quisiera aquí para aprovechar el caso, para ilustrar a todos los que intervienen aquí, señalar cómo interviene Medicina Legal, para ver como se consideró la actuación de la mujer, como se le exige, como se le obliga a reportar inmediato a la autoridad lo que pasó, y cuando ya entra en el ámbito del Inspector de Policía, se interroga si la criatura sale de cabeza, si por sus brazos, si se cae en la taza y allí deja de respirar y mas, como lo planteaba el inspector si la taza tenía o no tenía agua, para calcular si ella en ese momento quería era ahogarlo y 67

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