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- SEXTO ENCUENTRO - SAN ANDRÉS 2008 En cuanto al sector justicia, de acuerdo única y exclusivamente con cifras, una visión muy rápida de lo que se da a nivel de algunas de las Altas Cortes nos indica que en la Corte Suprema de Justicia la participación de las mujeres es del 21.7%, en la composición de la Corte Constitucional es del 11.1% y en el Consejo Superior de la Judicatura esta alrededor de algo más del 50%. En materia de empleados de esas corporaciones se encuentra que en la Corte Suprema de Justicia la part icipación de la mujer está en el nivel del 35%, en la Corte Constitucional el 55%, en el Consejo Superior de la Judicatura según sus salas esta en el 52% y en el 48%, para el caso de la sala Jurísdiccional y en la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial el 60.1%. En los tribunales administrativos la participación es del 30.9%, en los tribunales superiores también mantiene el nivel del 30% y a nivel de empleados tenemos que en los tribunales administrativos la participación de la mujer es del 61% y en los tribunales superiores del 57.1%. En materia de jueces, tenemos que los jueces civi les están integrados en un 58% por mujeres, en los jueces penales su participación es del 56%, en los jueces de adolescentes es del 57.1%, en los jueces promiscuos del 45% y este dato que por supuesto estaba vigente hasta antes de que fuese declarada inexequible la ley de pequeñas causas, refle jaba que los jueces encargados de esa materia reflejan una participación de la mujer del 54%. En los empleados también vemos, que sus niveles de participación siempre están aquí por encima y solamente en materia de pequeñas causas por debajo pero muy cerca del 50%, o sea que tiene una participación sino mayoritaria como en estos casos, si quiera igual a la que tienen los hombres. Entre los jueces de circuito, la participación de las mujeres según las diversas áreas es igualmente muy significativa, en laboral es el 48.5%, en administrativos es 51%, en familia el 56%, en civil es el 47%, en penal es 37%, en menores 44. 7%, adolescentes 46%, en ejecución de penas 34.3%, promiscuos de familia 46.76% y promiscuos 46.3%, en penales especializados donde solamente existen 3 no hay participación. Aquí tenemos a nivel de empleados igualmente unos porcentajes que reflejan con más o menos intensidad y para no detenernos con detalle en cada uno de esos renglones, una participación en cualquier caso significativa, que de ninguna manera podría calificarse como marginal o minori taria. Siguen otros datos que si ustedes me permiten podríamos pasar sobre ellos por la restricción del tiempo, pero todos reflejan unas participaciones realmente llamativas e importantes. Lo cierto es que del total de empleados de la rama que ascienden a cerca de veintitrés mil integrantes, las mu jeres tienen una participación del 51.4%, esto a fecha de mayo del 2008 que fueron los datos que logramos consolidar. En el Consejo de Estado, la participación de las mujeres que está garantizada por ahora en 9 magistradas, corresponde al 34.6%. Entre la totalidad de los magistrados auxiliares la participación de las mujeres es del 54.7°/o y a nivel de abogados sustanciadores para no irnos a hablar de trabajos no calificados donde la discusión puede verse matizada por otros argumentos en estos niveles profesionales la participación de las mu jeres es del 66.2%. 379
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