libro
- SEXTO ENCUENTRO - SAN ANDRÉS 2008 Dijimos del régimen jurídico interno para ponerlo en el marco internacional. En la geopolítica, la división territorial, la división por servicios, la división regional, llegamos al POT y al tema cultural para el mantenimiento y mejoramiento de esta geopolítica. En el tema de la estructura social. Tenemos social, salud, educación, y dentro del tema social como Estado Social de derecho, tenemos el tema del género. Esa es una fórmula de mirar internamente y externamente el fenómeno, que no es sexo tampoco. Entonces es una visión de las políticas públicas frente a los tres órganos del poder público. Acá nos llamaron para mirar los poderes públicos frente al tema de género, y dentro de las políticas públicas está la política social, también la política criminal, la global, la genérica, los compromisos internacionales sobre género. Lo primero por ejemplo de la globalización, fue el abandono noxa!, lo entregamos señores de la otra tribu para que ustedes lo juzguen, hoy lo llamamos extradición pomposamente. Pero también viene lo económico, por medio de los aranceles, la integración y la producción, aparejado también conel problema penal, que está por todos lados, la integración de la producción en el mercado comúneuropeo, la UniónEuropea y la CorteEuropea deJusticia ene! tema degénero, allí ya, la justicia se globalizó, especialmente en el tema de género que es larguísimo, amplísimo. En el tema de la política criminal, digámoslo social, hay política internacional de persecución, y entonces venimos con todos los instrumentos de sanción, el tema de la CPI o de reforzamiento. El reforzamiento es una invitación al estado de manera bilateral o multilateral para que se hagan determinados diseños, la protección de la mujer, la no discriminación, etc, que permiten que el estado no solamente adquiera los compromisos sino cumpla las convenciones y los compromisos internacionales. Especialmente acá desde el punto de vista particular de Colombia, lo que tiene que ver .con la protección de la mujer y del menor en temas del conflicto y de no conflicto. La trata de blancas antiguamente llamada, ahora de personas, pero hay que poner de presente la preocupación internacional sobre el cumplimiento de convenios internacionales sobre el tema de la mujer y del menor. Y desde luego ese reforzamiento, Colombia lo puede adoptar o no, lo adoptó, perfecto, pero si se adoptó hay que incorporarlo al sistema colombiano. ¿Cómo incorporarlo?, pues acabando la discriminación, positiva, negativa. ¿Incorporarlo directamente por medio del bloque de constitucionalidad?, hay una gran pregunta, si los convenios se adoptan y se aplican directamente o si hay que hacer reforma, por ejemplo, con el Estatuto de Roma tocó hacer reforma, no hubo cómo convencer de que no,. Y, ¿qué estamos haciendo entonces nosotros acá?, estamos reflexionando sobre la incorporación por medio de la clausula convencional de cumplir y hacer cumplir. Cumplir y hacer cumplir no es el ejecutivo solamente, la función jurisdiccional también lo es por medio de factores de modulación y de ponderación, es un tema que hay que discutir si se requiere una reforma legal, creemos que no, o sencillamente aplicar lo que existe. ¿Oue existía?, por ejemplo, existía en el campo penal, el proxenetismo, frente a la mujer tenía que ser mujer honesta, hágame el servicio de demostrar que lo era como ingrediente especial del tipo, el homicidio agravado se hablaba del conyugue, pero no se hablaba de compañero o compañera permanente. Seestámodulando, semejoró en el Códigodel 80, ahora quedó perfectoene! del 2000. El uxoricidio, era una forma de matar a la mujer, permitía la rebaja de pena, el perdón judicial, 352
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