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-SEXTO ENCUENTRO- SAN ANDRÉS 2008 7. "Las Acciones Afirmativas" Magistrada de la Corte Constitucional, Clara Inés Vargas Hernández. Las acciones afirmativas nacen en el derecho norteamericano con la Ley Nacional de Relaciones Laborales de 1935, según la cual, si un empresario discriminaba a un sindicato o miembro de aquel, debía suspender su actuación y adoptar "acciones afirmativas'' para ubicar a las víctimas en el lugar que estarían si no hubieran sido discriminadas. 89 No obstante, el desarrollo posterior vendría dado para superar los históricos problemas de segregación racial en la sociedad norteamericana. Sus orígenes remotos también se encuentran en la Constitución de la República India (1950), que hizo referencia expresa a la posibilidad de reservar un porcentaje de puestos en la administración pública a miembros de la casta que había sufrido mayor discriminación histórica, como una forma de compensar su injusta exclusión. 90 Años más tarde fueron desarrolladas en Europa occidental, pues son en esencia, una consecuencia del modelo de Estado social de derecho, debido a la transición de la igualdad formal a la igualdad sustantiva o material, reconocida como componente esencial de aquella, y plasmada expresamente en la mayoría de textos del constitucionalismo moderno como ocurre en el caso colombiano con los artículos 13 y 40, inciso último, de la Carta. Acciones afirmativas que también se han adoptado en varios países de América Latina que se rigen bajo el modelo de Estado social de derecho. Estas acciones se han desarrollado especialmente con el proceso de integración europea, tanto en el nivel normativo 91 como en las decisiones del Tribunal de Justicia de las • Comunidades Europeas 92 , casi siempre con el objetivo de poner fin a la discriminación contra la mujer en el ámbito laboral. 89 Cfr. STERBA, James, "A legal history of affirmative Action in the United States". COHEN, Paul and STERBA,James, "Affirmative action and racial preference". Oxford, University Press, 2003, p.191. 90 MARTIN VIDA, María Ángeles, "Fundamento y límites constitucionales de las medidas de acción positiva". Madrid Civitas, 2002, p.35 91 En el marco del derecho comunitario las Directivas son actos normativos que obligan a los Estados en cuanto al resultado -en un plazo determinado-, pero les deja libertad de configuración interna. Respecto de las acciones afirmativas se destaca la Directiva 76/ 207 de 1996, cuyo artículo 2.1 establece lo siguiente: "El principio de igualdad de trato supone la ausencia total de toda discriminación por razón del sexo, bien sea directa o indirectamente, en lo que se refiere, en particular, al estado matrimonial o familiar" . Y unas líneas más adelante autoriza la "adopción de medidas encaminadas a promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en particular para corregir las desigualdades de hechoque afecten a las oportunidades de las mujeres". Esta Directiva fue modificada por la Directiva 73 del 2002, en el sentido de reconocer con más claridad las acciones afirmativas. 92 Se destacan las siguientes sentencias, todas ellas relacionadas con acciones afirmativas a favor de la mujer: Sentencia de octubre 17 de 1995, Asunto C-450/ 193 (Kalanke); Sentencia de noviembre 11 de 1997, Asunto C-409/ 95 (Marshall); Sentencia de julio 6 de 2000, Asunto C-407/ 98 (Anderson); Sentencia de Marzo 28 de 2000, Asunto C-158/ 1997 (Badeck); Sentencia de diciembre 7 de 2000, Asunto C-79/ 1999 (Schnorbus). 344

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