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- QUINTO ENCUENTRO - SANTA MARTA 2007 Además, llama la atención de manera dramática que el Tribunal Superior de Pereira desestimo los cargos de secuestro simple al afirmar que la niña de once años, abro comillas, ojo para que tengamos eso en cuenta, referente de lo que la Corte Constitucional nos dice: son fallos discriminatorios. Refiriéndose a la niña de once años el Tribunal de Pereira dice: 11 0bro libremente y además ruvo oportunidad de huir y no lo hizo lo cual equivale a decir, que la ofendida 110 lo era porque disfruto de ese estado aceptado por ella 11 ; adicionalmente el Tribunal afirma que la conducta del procesado es atípica de secuestro porque, abro comilla: 11 La menor tuvo el tiempo, la facilidad, los medios, la oportunidad, adecuados y suficientes, para abandonar a su presunto secuestrador 1 1 , dando por sentado, está escrito, que la niña de manera voluntaria decidió convivir sexualmente con su padrastro. En estos momentos la demanda de casación se encuentra en estudio de la Corte Suprema de Justicia y esperamos, que este ejemplo claro de discriminación, tal como no lo ha explicado la Corte Constitucional de discriminación por género, por parte de un Tribunal de Justicia sea de nuevo resuelto, ojala de manera ejemplarizante. Quiero pasar al tema de las mujeres adultas, porque hablar de niños y de niñas es inagotable y podría traer muchos fallos no solo de los jueces, sin que tenga ninguna intención en estigmatizar la conducta de los jueces, hay fallos con imaginarios de género absolutamente discr;.iminadores, traigo esto para nuestra reflexión y por ocasión del escenario, pero quiero que miremos el tema del Sistema Penal Acusatorio también en el juzgamiento de mujeres adultas, si bien hemos avanzado con técnicas que eviten revictimizacion en niños y niñas, le pusimos ya limites a los beneficios y a los subrogados penales y esto es un avance, no hemos hecho lo mismo con las mujeres y las mujeres víctimas de delitos sexuales, ya sea en el terreno de la vida privada, noventa por ciento 90% de la violencia conyugal es contra mujeres adultas por supuesto o por ocasión del conflicto armado interno, donde todos los delitos sexuales son crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, incluso que podrían ir a la Corte Penal Internacional para ser investigados. Quiero contarles un caso reciente también de feminicidio y ustedes me van a perdonar que por mi sesgo feminista diga feminicidio, porque esto es algo que ha venido entre otras cosas, siendo construido por muchas mujeres valientes, congresistas ellas también, como es el caso de México, en donde Marcela Lagarde está dando la pelea por crear un tipo penal que se llama feminicidio, es decir, cuando una mujer pierde la vida o del solo hecho de ser mujer por ocasión de ser mujer. Este es un caso que llega a la Defensoría del Pueblo que fue estudiado por esta Ddelegada, proceso tramitado en el 2005, en el Juzgado 32 Penal del Circuito, sentencia anticipada, donde un miembro de la Policía Nacional asesina a su mujer delante de su hijo mayor, de cuatro hijos que tenían y por ello recibe una condena de treinta y tres meses, debido a los beneficios por confesión y adicionalmente, recibe el beneficio de excarcelación de casa por cárcel, concediéndole la suspensión de la ejecución de la pena privativa de la libertad, bajo el argumento enmarcado en la atenuante de la ira. A esta situación se abonó el hecho de que la custodia de sus cuatro 4 hijos le fue adjudicada y alcanzó a tener la custodia de niños de trece 13 meses, nueve, diez y once años de edad, hasta que llega la abuelita a la Defensoría de Pueblo a decirme ¿Doctora esto es normal?, este señor mató a mi hija, le dieron treinta y tres 33 meses de cárcel por beneficios, bueno, esa es la ley esos son los beneficios que tiene en este momento en el Sistema Penal Acusatorio 245

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