libro

- QUINTO ENCUENTRO - SANTA MARTA 2007 Es la afirmación "qué hay que hacer" y por eso es necesario realizar una visión general desde el punto de vista de las mujeres que se conviertan en primer lugar en un concepto totalmente visible y que la experiencia femenina nos lleve hacia un concepto integral del género humano. Hacer esto nos permite entre nosotros, los colombianos, redefinir entre comillas, "lo humano", con ello las necesidades, los intereses, las aspiraciones de los seres humanos en todas las versiones del ser como tal y con todas las diferencias que existen entre los seres humanos. Lo que como consecuencia nos lleva a una primera conclusión, que es pensar en la igualdad de una manera nueva puesto que todos los seres humanos somos igualmente diferentes. Sin que un determinado sexo, sin que una determinada raza, sin que una determinada religión, una ideología, una determinada capacidad, una orientación sexual sea el parámetro o el modelo de lo humano. Como las mujeres pertenecen todas a todas las clases, a todas las razas, a todas las religiones, a todas las creencias políticas, a todas las creencias de carácter religioso y además porque no decirlo, a todas las preferencias sexuales. La visión de género que nosotros debemos plantear en nuestro país debe ser que todas las razas, todas las religiones, todas las convicciones, todas las ideologías de cada uno, deben implicar la inclusión de todos los seres humanos. En eso consiste el concepto que el Ministerio Público maneja en derechos humanos desde la perspectiva de género, que es entonces un concepto que acepta e incluye una multiplicidad de diferencias entre todos esos géneros humanos. Por eso, es así, como todas las luchas por el mejoramiento y el respeto que se puedan dar en nuestro país a los derechos humanos son válidas para la Procuraduría General de la Nación y todas las violaciones, a cualquier raza, a cualquier clase, a cualquier credo, a cualquier preferencia sexual o discapacidad visible, se constituyen en violaciones a los Derechos Humanos. Este es pues, para la Procuraduría el reto que nos convoca y quisiera, partiendo de estas premisas compartir con ustedes el trabajo que ha venido realizando la Procuraduría General de la Nación durante esos seis años y medio que yo he tenido el honor de presidir, con respecto a distintos temas comenzando por el más elemental y primordial del ser humano, que es el tema de la filiación de paternidad, según las cifras que voy a mostrar en este evento. Nosotros encontramos que entre mayo de 1999 y mayo del 2003, 33.397 niños, niñas y adolescentes colombianos aun no habían efectivizado, hecha la petición judicial, de su derecho a la filiación. Para esa época se requería y estaban represadas, en la entidad correspondiente, 96.513 pruebas de sangre considerando que en cada caso es necesario realizar un análisis mínimo de los marcadores de ADN de la madre, de la niña, del niño y desde luego del presunto padre. Aquí hay un aporte grande de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, donde declararon que la única prueba válida dentro del proceso de paternidad es la prueba científica de ADN. Es decir, hasta ese momento la responsabilidad de la crianza ya entrando al criterio del género y manutención de estos niños y niñas había estado exclusivamente en cabeza de sus madres. Con los costos económicos, con los costos sociales, con los costos políticos que ello conllevan para éstas y la grave vulneración de un derecho fundamental del cual comienzan a depender muchos hombres. 208

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz