"In memoriam" Un homenaje al legado de los magistrados de la Corte Constitucional

446 ‘In memoriam’ Juan Carlos Henao Pérez CONTENIDO corporación que proyectó 7 . Lejos de hacer algo semejante, apenas me referiré de paso a algunas de las sentencias que rememoramos con mis queridxs antiguxs compañerxs de despacho. El espíritu liberal ponderado No existe duda alguna de que JCH fue un liberal. Siempre. Y también como juez constitucional. Esto se refleja en su manera de entender las libertades, con vis expansiva y ponderación en cuanto se afecten otros bienes jurídicos constitucionales. Como ilustración, en cuanto a las libertades civiles y políticas delibe- rativas, la Sentencia C-417/09, en que declara inexequible una de las excepciones al principio de la exceptio veritatis o prueba de la verdad para los delitos contra la integridad moral 8 , por no ser proporcional, ni responder al principio de otorgar la protección prevalente que en las democracias liberales tiene el derecho a la libertad de información frente a los derechos a la honra, el buen nombre y la presunción de inocencia de quien ha sido absuelto. Pero todo en su justa medida. Como se resolvió en la Sentencia T-219/12, al conceder una tutela interpuesta por un empresario con- tra una revista económica de prestigio nacional. En defensa de la liber- tad de información, se concluye que el accionante no había cumplido los requisitos establecidos en la jurisprudencia de la Corte, “respecto de la procedencia de la acción de tutela para solicitar la rectificación de información” 9 . No obstante, “en virtud de la preeminencia de los 7 A partir de criterios asociados con su naturaleza. sentencias de constitucionalidad y de tu- tela, autos de seguimiento, autos de súplica, etc., analizadas según distintas perspectivas como la temática, la densidad de los problemas jurídicos formales y sustanciales, los ar- gumentos, cómo pondera los bienes jurídicos en tensión, los contenidos y alcances de la resolución, la votación, los salvamentos de voto en su contra y su razón. 8 De la página de la Corte. C-417/2009. “RESUMEN: Demanda de inconstitucionalidad de la Ley 599 de 2000 artículo 224, el artículo regula los eximentes de responsabilidad de los delitos de injuria y calumnia, consistentes en que si se demuestra que es verdadera la imputación no será responsable del delito, en el aparte demandado dice que no se admitirá prueba cuando la conducta hubiere sido objeto de sentencia absolutoria, preclusión de la investigación o cesación de procedimiento o sus equivalentes excepto si se trata de prescrip- ción de la acción (…)”. www.corteconstitucional.gov.co 9 “(…) en la medida en que el accionante debió haber aportado las pruebas pertinentes que demostraran que la información publicada por la Revista Dinero en el artículo de investiga-

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