"In memoriam" Un homenaje al legado de los magistrados de la Corte Constitucional

260 ‘In memoriam’ Carlos Gaviria Díaz CONTENIDO Contrario a la posición mayoritaria expuesta por Gaviria, cuatro ma- gistrados que salvaron el voto insistieron en que “No existió identi- dad en la voluntad del Constituyente. Se quiso algo en el primer perío- do y otra cosa bien distinta en el segundo. Luego ésta no podía pasar de una vuelta a la otra, justamente por su diversidad material.” Y en cuanto al cambio del voto por los tres senadores, los magistrados indi- caron que “el voto de un congresista, mucho más cuando de reformar la Constitución se trata, es un acto solemne, único e irreversible, por medio del cual deja consignada su voluntad individual”, por lo cual “el voto depositado en un determinado sentido, públicamente o en secre- to, no puede ya modificarse después de haber sido emitido y, si así ocurre, el nuevo voto es nulo”. Con esta sentencia, y en otras posteriores hasta la fecha, la Corte se ha apartado del formalismo y reconocido las dinámicas reales de los órganos políticos. Contribuciones adicionales al constitucionalismo transformador Se podría hacer referencia a muchas sentencias con ponencia de Carlos Gaviria que representaron un avance en el constitucionalismo transformador. Sin embargo, por razones de espacio, es imposible profundizar en ellas. Me limito a resaltar tres asuntos atinentes a la protección de grupos tradicionalmente vulnerables, excluidos o marginados. El derecho a la dignidad de una pareja de campesinos Empiezo por una sentencia poco conocida, mediante la cual fueron amparados los derechos fundamentales de dos campesinos. La Cons- titución de 1991 protegió no solo la dignidad humana en términos ge- nerales, sino también los derechos de grupos tradicionalmente margi- nados y excluidos, como los campesinos. En la Sentencia T-036 de 1995, Gaviria fue ponente de una sentencia de tutela en que una pareja de campesinos de la tercera edad alegaba

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