"In memoriam" Un homenaje al legado de los magistrados de la Corte Constitucional

246 ‘In memoriam’ Carlos Gaviria Díaz CONTENIDO Vergara, A.V. Eduardo Cifuentes Muñoz), la Corte condicionó el tipo penal de homicidio por piedad, para despenalizar los actos de eutana- sia realizados por médicos, “en el caso de los enfermos terminales en que concurra la voluntad libre del sujeto pasivo del acto”. Gaviria pro- puso resolver la cuestión sobre la inviolabilidad del derecho a la vida “desde una perspectiva secular y pluralista, que respete la autonomía moral del individuo y las libertades y derechos que inspiran nuestro ordenamiento superior”, y señaló que desde una perspectiva pluralista no podía afirmarse “el deber absoluto de vivir”. Una visión de la vida como algo sagrado implicaría sacrificar la dignidad humana, al obligar a todas las personas a pasar graves dolores y sufrimientos. Por lo tan- to, la Corte consideró que, aunque existía un deber estatal de proteger la vida, “frente a los enfermos terminales que experimentan intensos sufrimientos, este deber estatal cede frente al consentimiento infor- mado del paciente que desea morir en forma digna”. Esta sentencia fue adoptada por una sala dividida, con salvamentos de voto que consideraban que el consentimiento en estos casos estaba “viciado en su base” y recaía sobre un “objeto ilícito”, que la vida era un “derecho irrenunciable” y que la Corte estaba anunciando un nuevo “derecho a la muerte”. El magistrado Vladimiro Naranjo señaló que: ...la concepción personalista cristiana de la vida y de la libertad pro- claman que el hombre no es absolutamente libre, toda vez que la libertad humana debe ser entendida como la facultad de autodeter- minación conforme con las finalidades naturales del hombre, den- tro de las cuales no se contempla su propia destrucción […] En esta ocasión, la principal polémica no fue con el gobierno, sino con la Iglesia católica que pidió la nulidad de la sentencia por medio del arzobispo de Medellín y presidente de la Conferencia Episcopal de Colombia, Monseñor Alberto Giraldo Jaramillo. La controversia se agudizó en el seno de la propia Corte Constitucional, porque algunos magistrados consideraron que la sentencia final no reflejaba de ma- nera fidedigna lo decidido por la Corte después de un largo e intenso debate, en especial la propuesta sustitutiva del magistrado Eduardo Cifuentes, relacionada con los cuidados paliativos y la suspensión de medios extraordinarios que prolongan artificialmente la vida del

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