"In memoriam" Un homenaje al legado de los magistrados de la Corte Constitucional
188 ‘In memoriam’ Simón Rodríguez Rodríguez CONTENIDO es fundamental para comprender la relación entre la Iglesia católi- ca y el Estado colombiano en el marco de la Constitución de 1991, particularmente respecto al principio de laicidad y la garantía de li- bertad religiosa. Desprendiéndose de sus creencias personales, este juez constitucional procedió a presentar una ponencia que tendría profundas consecuencias en la relación del Estado Colombiano con la Iglesia católica. El Concordato de 1973, ratificado mediante la Ley 20 de 1974, regula- ba las relaciones entre el Estado y la Iglesia católica, otorgando a esta última privilegios específicos, como la exclusividad en ciertos ámbitos educativos y ceremoniales. Con la entrada en vigor de la Constitución de 1991, que establece un Estado laico y promueve la igualdad entre todas las confesiones religiosas, surgió la necesidad de revisar la com- patibilidad de estas disposiciones con el nuevo orden constitucional. La demanda de inconstitucionalidad planteó que algunos apartados del Concordato vulneraban los principios de igualdad y laicidad, al favorecer a la Iglesia católica sobre otras religiones y confesiones, en contravía de lo dispuesto en los artículos 13, 19 y 68 de la Constitución. La Corte declaró exequible la Ley 20 de 1974, pero con ciertas con- sideraciones interpretativas para garantizar su armonía con los prin- cipios de la nueva Constitución. La Corte reafirmó que Colombia es un Estado laico y pluralista, en el que se protege la libertad religiosa de todos los ciudadanos y se garantiza la igualdad entre las diferentes confesiones. Igualmente, señaló que las disposiciones del Concordato solo podían ser interpretadas y aplicadas de manera compatible con la Constitución de 1991. Esto significó que los privilegios exclusivos otorgados a la Iglesia católica debían ser reevaluados en contextos donde se contraviniera el principio de igualdad. Si bien el Concorda- to seguía vigente, su aplicación debía ajustarse a las nuevas reglas constitucionales. Esto fortaleció el pluralismo religioso en el país, al prohibir que el Estado favoreciera a una confesión sobre otra en los ámbitos público y educativo. Aunque el Concordato continuó en vigor, la sentencia estableció un precedente importante al limitar los privile- gios de la Iglesia católica y consolidar el Estado laico en Colombia. La decisión marcó el inicio de un cambio en las relaciones entre el Esta- do colombiano y las confesiones religiosas, promoviendo la igualdad y evitando cualquier forma de favoritismo hacia la Iglesia católica. Al
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