Constitución Política de Colombia edición Corte Constitucional 2024

TÍTULO II: De los derechos, las garantías y los deberes 43 Constitución Política de Colombia Los integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural. La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limita- ciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obliga- ciones especiales del Estado. ARTÍCULO 69. Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley. La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado. El Estado fortalecerá la investigación científica en las universidades ofi- ciales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo. El Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior. ARTÍCULO 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acce- so a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la naciona- lidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación. ARTÍCULO 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecno- logía y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos espe- ciales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades. ARTÍCULO 72. El patrimonio cultural de la Nación está bajo la protec- ción del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inaliena- bles, inembargables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanis- mos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y

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