Constitución Política de Colombia edición Corte Constitucional 2024

TÍTULO XIII: De la reforma de la Constitución 213 Constitución Política de Colombia necesitan mayorías calificada o absoluta para su aprobación, ni para de- cretar impuestos. Los decretos con fuerza de ley que se dicten en desarrollo de este artículo tendrán control de constitucionalidad automático posterior a su entrada en vigencia. El procedimiento de revisión de constitucionalidad de estas disposiciones deberá surtirse por parte de la Corte Constitucional dentro de los dos meses siguientes a su expedición. ARTÍCULO TRANSITORIO. PLAN DE INVERSIONES PARA LA PAZ. Adicio- nado por el artículo 3° del Acto Legislativo 1 de 2016. El Gobierno nacio- nal durante los próximos veinte años incluirá en el Plan Plurianual de In- versiones del Plan Nacional de Desarrollo un componente específico para la paz priorizando los ciudadanos y las entidades territoriales más afecta- das por la pobreza rural, las economías ilegales, la debilidad institucional y el conflicto armado. Estos recursos serán adicionales a las inversiones ya programadas por las entidades públicas del orden nacional y territorial y se orientarán a cerrar las brechas sociales, económicas e institucionales en dichas entidades territoriales. El Gobierno podrá efectuar los ajustes institucionales y normativos necesarios para ejecutar el componente de paz del Plan Plurianual de Inversiones. Las autoridades departamentales, municipales y distritales tendrán la fa- cultad de hacer los ajustes necesarios a sus planes de desarrollo para adecuarlos al Plan de Inversiones para la Paz durante los seis meses si- guientes a la adopción de este. Al inicio de cada legislatura el Presidente de la República, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo presentarán al Congreso un informe detallado sobre la ejecu- ción de los recursos y cumplimiento de las metas del componente para la paz del Plan Plurianual de Inversiones. ARTÍCULO TRANSITORIO. Derogado por el artículo 2° del Acto Legislati- vo 2 de 2017.

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