Memoria 2022

MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 940 directivo, o con las personas que ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante. 1078 c. El cónyuge, compañero o compañera permanente del servidor p blico en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro de la junta o consejo directivo, o de quien ejerza funciones de control interno o de control fiscal 1079 . d. Las corporaciones, asociaciones, fundaciones y las sociedades anónimas que no tengan el car cter de abiertas, así como las sociedades de responsabilidad limitada y las dem s sociedades de personas en las que el servidor p blico en los niveles directivo, asesor o ejecutivo, o el miembro de la junta o consejo directivo, o el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil de cualquiera de ello, tenga participación o desempeñe cargos de dirección o manejo 1080 . e) Los miembros de las juntas o consejos directivos. Esta incompatibilidad sólo se predica respecto de la entidad a la cual prestan sus servicios y de las del sector administrativo al que la misma esté adscrita o vinculada. f) Directa o indirectamente las personas que hayan ejercido cargos en el nivel directivo en entidades del Estado y las sociedades en las cuales estos hagan parte o estén vinculados a cualquier título, durante los dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo p blico, cuando el objeto que desarrollen tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios. Esta incompatibilidad también operar para las personas que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad, primero de afinidad, o primero civil del ex empleado p blico. Par grafo 1.- La inhabilidad prevista en el literal d) del ordinal 2o. de este artículo no se aplicar en relación con las corporaciones, asociaciones, fundaciones y sociedades allí mencionadas, cuando por disposición legal o estatutaria el servidor p blico en los niveles referidos debe desempeñar en ellas cargos de dirección o manejo . En las causales de inhabilidad por parentesco o por matrimonio, los vínculos desaparecen por muerte o por disolución del matrimonio . Par grafo 2.- Para los efectos previstos en este artículo, el Gobierno Nacional determinar qué debe entenderse por sociedades anónimas abiertas”. Atendiendo el texto de la norma transcrita y conforme lo ha sostenido esta Sala, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades “se traduce en una situación que atañe al particular o contratista que le impide acceder al contrato y, por lo mismo, participar en el proceso de selección contractual y celebrar contratos con el Estado o con sus entidades 1078 Texto declarado exequible por la Corte Constitucional mediante sentencia C-429 de 1997. 1079 Texto declarado exequible por la Corte Constitucional mediante sentencia C-029 de 2009. 1080 Ibídem.

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