Memoria 2022
TERCERA PARTE CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL AÑO 2022 871 c. Los negocios fiduciarios, los pagarés, las garantías y otras seguridades otorgadas o recibidas por las entidades disueltas, se entenderán otorgados o recibidos por la entidad absorbente, o la nueva, sin que sea necesario trámite o reconocimiento alguno. A partir del día en que expire el término para objetar, o desde la declaración de que no existe objeción, la entidad absorbida o incorporada podrá, previo aviso al público y una vez informada la Superintendencia, ofrecer directamente los servicios de la entidad absorbente que resulten compatibles con su naturaleza, aunque todavía no se haya perfeccionado la fusión. Establece el artículo 61 iusdem que, cuando el Estado posea directa o indirectamente más del 95% de la propiedad de todas las entidades participantes en el proceso de fusión, no se aplicará lo dispuesto en el artículo 58, es decir, lo atinente a la facultad de objeción de la Superintendencia Financiera. Finalmente, el artículo 62 establece los derechos de los accionistas minoritarios, consistentes en la solicitud de estudios independientes y en el derecho de retiro, si no están de acuerdo con la nueva relación de intercambio que resulte del estudio técnico. H. La facultad del presidente de la República para fusionar sociedades de economía mixta de carácter fiduciario La Constitución Política, en su artículo 189, numeral 15, señala que: Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: [...] 15. Suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos nacionales de conformidad con la ley. […] Para el Consejo de Estado, en sentencia de la Sección Primera del 1 de noviembre de 2012 950 , es claro que las sociedades de economía mixta, incluso las financieras, integran la Rama Ejecutiva del Poder Público, de conformidad con lo previsto en la Ley 489 de 1998, por lo que el presidente puede ejercer las facultades del artículo 189, numeral 15, superior. Así también se desprende de la sentencia del 12 de septiembre de 2002 951 , en la que la misma Sección dijo: 950 Expedientes 2005-00172 y 2005-00222. 951 Expediente 6933.
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