Memoria 2022
TERCERA PARTE CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL AÑO 2022 853 autorizado para aportar la propiedad de todas esas entidades al holding estatal, con lo cual se crea un esquema de subordinación por control de capital 928 [énfasis fuera de texto]. Con la intención de resaltar el estado incipiente del proceso de capitalización del Grupo Bicentenario, la Corte indicó que, al momento de ser aprobado el Decreto 492 de 2020, la propiedad accionaria de varias entidades no había pasado a manos del Ministerio de Hacienda: Bancoldex y el Fondo Nacional de Garantías se encontraban vinculadas al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; Finagro, al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y Fonade, al Departamento Nacional de Planeación. Finalizada esta digresión, la Sala concluye que el artículo 1 del Decreto 492 de 2020 dispusomedidas encaminadas a agilizar y facilitar la conformacióndel GrupoBicentenario, y a fortalecerlo. Específicamente, ordenó que la propiedad de las empresas pertenecientes a la Rama Ejecutiva del orden nacional sometidas a vigilancia de la Superintendencia Financiera, o que realizaran actividades conexas al sistema financiero fuese registrada y vinculada a nombre de la Nación – Ministerio de Hacienda. Autorizó, además -una vez hecho el mencionado registro- la realización del aporte de la citada propiedad accionaria al Grupo Bicentenario, de acuerdo con el valor intrínseco de las acciones de las respectivas entidades . Finalmente, la disposición precisó que todos los registros y procedimientos necesarios para llevar a cabo esta operación debían realizarse dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia del decreto. De los elementos establecidos en la norma, únicamente queda por establecer la forma de determinar el valor intrínseco de las acciones de las entidades financieras públicas. Este asunto fue analizado por la Superintendencia de Sociedades, en la Circular Externa 220- 000007 del 2 de abril de 2008, a la que pertenece el siguiente extracto: Valor en libros . En este método, que también se conoce como del valor intrínseco o patrimonial, el precio de las acciones de la sociedad para determinar la relación de intercambio se calcula dividiendo el monto de su patrimonio, según los estados financieros utilizados como base para la operación, entre el número de acciones en circulación . Lleva implícito el supuesto que la empresa tiene un valor equivalente al de sus activos menos sus pasivos. La principal ventaja del método en cuestión consiste en que su cálculo resulta muy fácil, rápido y económico . Sin embargo, este método no refleja la capacidad potencial de generación de utilidades de las empresas. Por otra parte, conviene recordar que normalmente los valores en libros de los activos frecuentemente difieren de su valor comercial actual; incluso si se utilizan estados financieros que incorporen avalúos técnicos recientes, con el pleno cumplimiento de los requisitos legales, el resultado que se obtiene corresponde a un "valor teórico de liquidación del ente", y no al precio de una empresa en marcha, por lo cual la relación de 928 Idem, fundamento 94.
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