Memoria 2022

MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 836 Establece el artículo 3º ejusdem , objeto de la ANSV, como organismo de carácter técnico, darle cumplimiento a las políticas de seguridad vial del Gobierno nacional , las que deben ser el fundamento para la expedición del Plan del Seguridad Vial. El artículo 115 de la Constitución Política establece: Artículo 115. El Presidente de la República es Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa. El Gobierno Nacional está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno. Ningún acto del Presidente, excepto el de nombramiento y remoción de Ministros y Directores de Departamentos Administrativos y aquellos expedidos en su calidad de Jefe del Estado y de suprema autoridad administrativa, tendrá valor ni fuerza alguna mientras no sea suscrito y comunicado por el Ministro del ramo respectivo o por el Director del Departamento Administrativo correspondiente, quienes, por el mismo hecho, se hacen responsables. Las gobernaciones y las alcaldías, así como las superintendecias <sic>, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado, forman parte de la Rama Ejecutiva. [Resaltado fuera de texto original]. Los artículos 115 y 189 de la Constitución preceptúan que en el presidente de la República se reúnen las calidades de jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, no obstante estos no precisan en cuál calidad actúa para el cumplimiento de sus funciones constitucionales. La Sentencia C-498 anotó que, a manera general, las funciones de jefe de Estado son aquéllas que denotan de manera clara la voluntad de la Nación de conformar una unidad política propia, tales como las referidas a las relaciones internacionales. A su vez, las funciones que desempeña en su calidad de jefe de Gobierno serían aquellas relacionadas con la fijación de políticas , de derroteros para la conducción del país, mientras que las cumplidas como Suprema Autoridad Administrativa son las dirigidas a mantener el funcionamiento normal de la administración pública 910 . Para la Sala, visto lo anterior, el Gobierno nacional, mediante decreto ejecutivo suscrito 911 por el presidente de la República, como jefe de Gobierno, y la ministra de Transporte, 910 Corte Constitucional, sentencia C-498 de 15 de septiembre de 1998, exp-1979 911 Corte Constitucional, sentencia C-370 de 14 de agosto de 1996, exp-1498 : “La Corte Constitucional considera que el artí- culo 115 de la Carta Política no deja lugar a dudas: "Ningún acto del Presidente, excepto el de nombramiento y remoción de ministros y directores de departamentos administrativos y aquellos expedidos en su calidad de Jefe del Estado y de suprema autoridad administrativa, tendrá valor ni fuerza alguna mientras no sea suscrito y comunicado por el Ministro del ramo

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