Memoria 2022

TERCERA PARTE CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL AÑO 2022 833 Transporte no solo la suprema dirección y tutela administrativa sobre la actividad en el ramo, sino también la calidad de rector y orientador del Sector Transporte, con facultades para la desarrollo de políticas generales y regulaciones sobre transporte y tránsito, en coordinación con las demás entidades sectoriales. Asimismo, el artículo 58 de la Ley 489 de 1998 906 asigna a los ministerios como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo que dirigen, así como la función de participar en la formulación de la política del Gobierno en los temas que les correspondan y adelantar su ejecución. Igualmente, a voces del articulo 59 ibídem , les corresponde orientar, coordinar y controlar, en la forma contemplada por las respectivas leyes y estructuras orgánicas, las superintendencias, las entidades descentralizadas y las sociedades de economía mixta que a cada uno de ellos estén adscritas o vinculadas. De manera particular, el artículo 1º del Decreto 87 de 2011 907 establece como objetivo primordial del ministerio de Transporte la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. De forma complementaria a lo previsto en el artículo 59 de la Ley 489, el artículo 2º del Decreto 87 precitado establece las siguientes funciones a cargo del ministerio de Transporte: Artículo 2º Funciones. Corresponde al Ministerio de Transporte cumplir, además de las funciones que determina el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes: […] 2.2. Formular las políticas del Gobierno Nacional en materia de transporte, tránsito y la infraestructura de los modos de su competencia. […] 2.4. Formular la regulación técnica en materia de tránsito y transporte de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. […] 2.7. Fijar yadoptar lapolítica, planes yprogramas enmateriade seguridaden losdiferentes modos de transporte y de construcción y conservación de su infraestructura. […] 906 Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. 907 Por el cual se modifica la estructura del ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias

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