Memoria 2022
MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 818 Agencia Nacional de Seguridad Vial, que involucre una interinstitucionalidad al tiempo que aborde las realidades locales de las diferentes entidades territoriales y que estas a su vez se enmarquen dentro de los objetivos del Plan Nacional de Seguridad Vial, para brindarle y garantizarle a los diferentes actores en la vía el derecho fundamental a movilizarse con seguridad 898 . [Resaltado nuestro]. Como puede observarse, la finalidad del proyecto de ley radicado en el Congreso de la República fue la creación de una entidad a nivel nacional que se denominó Agencia Nacional de Seguridad Vial, que sirviera como ente articulador de la política pública de seguridad vial entendida como «el conjunto de medidas y disposiciones dirigidas a disminuir el riesgo de muerte o de lesión a la integridad física de las personas en el tránsito y transporte terrestre». 3. Objeto de la Agencia Nacional de Seguridad Vial-ANSV y definición de seguridad vial en la ponencia para primer debate del proyecto de Ley 166 de 2012 Senado. En la ponencia para primer debate al PL 166 de 2012 Senado, el senador coordinador ponente ajustó, entre otros, el texto del artículo contentivo del objeto de la ANSV, y modificó su numeración, pues pasó de ser el artículo 2º al 3º. De acuerdo a lo anterior, en el pliego de modificaciones propuesto para el primer debate al proyecto de ley 166 Senado se propuso la inclusión de un artículo nuevo así: Artículo (nuevo) 1º. Autoridad. La Agencia Nacional de Seguridad (ANSV) será la máxima autoridad para la aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacional, tendrá la autoridad necesaria para articular los organismos y entidades públicas y privadas, implicados en la seguridad vial, y dirigirá el plan de acción de seguridad vial del Gobierno. Por tanto su misión es reducir la accidentalidad vial en Colombia. En el mismo sentido, el artículo 3º de la ponencia incorpora como objeto de la agencia el siguiente: Artículo 3º. Objeto. La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) tendrá como objeto la planificación, articulación y gestión de la seguridad vial del país. Será el soporte institucional y de coordinación para la ejecución, el seguimiento y el control de las estrategias, los planes y las acciones dirigidos a dar cumplimiento a los objetivos de las políticas de seguridad vial del Gobierno Nacional en todo el territorio nacional . A su vez, el artículo 4º del proyecto define el Plan Nacional de Seguridad Vial y, respecto de la agencia, dispuso: 898 Gaceta del Congreso núm. 821 del 21 de noviembre de 2012, pp 15- 20. Las siguientes citas son del original del texto: 2FORENSIS 2000 – 2010. Instituto Nacional de Medicina Legal y ciencias Forenses (INMLCF). 3 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. “Forensis 2011 Datos para la Vida”. Página 281. 4 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. “Forensis 2011 Datos para la Vida”. Página 281. 6 Doctora Luz Janeth Forero, Directora INMLCF, IV Seminario Internacional de Seguridad Vial - Bogotá 2009.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz