Memoria 2022

TERCERA PARTE CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL AÑO 2022 815 […] 2.2. Formular las políticas del Gobierno Nacional en materia de transporte, tránsito y la infraestructura de los modos de su competencia. 2.7. Fijar y adoptar la política, planes y programas en materia de seguridad en los diferentes modos de transporte y de construcción y conservación de su infraestructura. [Resaltado fuera de texto original]. Posteriormente, mediante la Resolución 1282 del 30 de marzo de 2012 893 , el Ministerio de Transporte adoptó 894 , en su artículo 1º, el «Plan Nacional de Seguridad Vial 2011 – 2016», cuyos considerandos invocan las precisas facultades que le fueron otorgadas, tanto en el parágrafo 1 del artículo 4º de la Ley 769 de 2002, como las contenidas en el artículo 1º del Decreto 087 de 2011. Posteriormente, este Plan Nacional de Seguridad Vial 2011 – 2016 fue ajustado por el Ministerio de Transporte mediante la Resolución 2273 del 6 de agosto de 2014 895 , que amplió, adicionalmente, su período al año 2021 896 . El Código Nacional de Transporte y las diferentes normas a que se ha hecho referencia sirvieron como fundamento para la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, de lo cual puede resaltarse cómo el contenido y alcance de los mismos están enfocados al desarrollo de políticas dirigidas a implementar la seguridad vial en vías terrestres. En conclusión, tanto el Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 como el Plan Nacional de Seguridad Vial, PNSV, son instrumentos que sirvieron de fundamento para la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y tuvieron como objetivo reducir la mortalidad y el número de lesionados de peatones, motociclistas, ciclistas, entre otros, como consecuencia de accidentes de tránsito. 2. Antecedentes del proyecto de ley de creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial-ANSV. En la Gaceta del Congreso núm. 821 del 21 de noviembre de 2012, se encuentra publicado el Proyecto de Ley núm. 166 de 2012 Senado, «Por la cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial y se dictan otras disposiciones», radicado por el Ministerio de Transporte y un grupo de congresistas. 893 Por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016. 894 Artículo 1°. Adoptar el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016, contenido en el texto anexo, como un documento de política pública, que forma parte integral de la presente resolución. 895 Por la cual se ajusta el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2021 y se dictan otras disposiciones. 896 Si bien la expedición de este nuevo Plan Nacional de Seguridad Vial fue posterior a la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ley 1702 de 2013), y por lo tanto cronológicamente no podría entenderse como un antecedente que sustentó la creación de dicha Entidad, no puede desconocerse que este documento técnico es un ajuste del PNSV que venía rigiendo previo a la creación de esta máxima autoridad en seguridad vial nacional.

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