Memoria 2022
MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 788 son la segunda causa de muerte violenta en el país; en el ltimo decenio m s de 63 mil colombianos murieron y cerca de medio millón han visto deteriorada su calidad de vida como consecuencia de una lesión permanente 2 . (...) Adem s, la circunstancia del hecho asociado al caso de los accidentes de tr nsito muestra que, en las muertes, el desobedecer las normas de tránsito causó el mayor n mero de hechos (42%), seguido del exceso de velocidad (32%) y posibles fallas mec nicas (8%). En cuanto a las lesiones no fatales el desobedecer las normas de tránsito, el exceso de velocidad y la embriaguez aparente , fueron las causas que originaron este tipo de lesiones con 64%, 21% y 7% respectivamente 3 . Por otra parte, frente a la infraestructura, el estado de las vías constituye un papel muy fundamental en la ocurrencia de las muertes en accidentes de tránsito , ya que el 83% de los accidentes ocurrieron en vías que se encontraban en buen estado, 12% en vías de regular estado y 5% en vías en mal estado 4 . (...) Para el año 2009 las incapacidades médico legales que generaron los lesionados por siniestros de tránsito en el país equivale a m s de un millón de días 6 . (...) En lo referente a los actores de la vía , Colombia no es ajena al reto mundial en el que se han convertido las motocicletas ; mientras en el 2005 el usuario m s vulnerable era el peatón , tan sólo a la vuelta de 3 años los motociclistas ya superaban las muertes de estos. (...) Finalmente, todo lo anterior corresponde a un llamado claro con el propósito de dar cuenta a la necesidad de una voluntad política traducida en la necesidad de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que involucre una interinstitucionalidad al tiempo que aborde las realidades locales de las diferentes entidades territoriales y que estas a su vez se enmarquen dentro de los objetivos del Plan Nacional de Seguridad Vial, para brindarle y garantizarle a los diferentes actores en la vía el derecho fundamental a movilizarse con seguridad” 851 . (Resaltado nuestro). Como puede observarse, la finalidad del proyecto de ley radicado en el Congreso de la República fue la creación de una entidad a nivel nacional que se denominó Agencia Nacional de Seguridad Vial, que sirviera como ente articulador de la política de seguridad vial entendida como “ el conjunto de medidas y disposiciones 851 Gaceta del Congreso No. 821 del 21 de noviembre de 2012, pp 15- 20. Las siguientes citas son del original del texto: 2FORENSIS 2000 – 2010. Instituto Nacional de Medicina Legal y ciencias Forenses (INMLCF). 3 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. “Forensis 2011 Datos para la Vida”. Página 281. 4 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. “Forensis 2011 Datos para la Vida”. Página 281. 6 Doctora Luz Janeth Forero, Directora INMLCF, IV Seminario Internacional de Seguridad Vial - Bogotá 2009.
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