Memoria 2022
739 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 la Procuraduría Regional de Antioquia, y ordenó su remisión a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, para que lo definiera. 798 II. ACTUACIÓN PROCESAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 2° de la Ley 2080 de 2021, se fijó edicto en la Secretaría de esta Sala por el término de cinco días, con el fin de que las autoridades involucradas y las personas interesadas presentaran sus alegatos en el trámite del conflicto 7 . Consta que se informó sobre el presente conflicto al Concejo de Medellín, a la Procuraduría Regional de Instrucción de Antioquia, al municipio de Medellín, al Tribunal Administrativo de Antioquia y a la Contraloría General de Medellín. 799 El despacho ponente, mediante Auto del 28 de noviembre de 2022, solicitó los siguientes documentos: i) el impedimento manifestado por el contralor general de Medellín para adelantar los procesos de responsabilidad fiscal radicados con los números 020-2016, 036- 2017 y 050-2016; ii) los autos del 19 de septiembre y el 23 de agosto de 2022, de la Procuraduría Regional de Instrucción de Antioquia, por los cuales aceptó los impedimentos y iii) los pronunciamientos a través de los que la Procuraduría Regional de Instrucción de Antioquia y el Concejo de Medellín expresaron su falta de competencia para designar contralor ad hoc . 800 La Consejera ponente advirtió que este asunto, tal como fue remitido a la Sala por el Tribunal Administrativo de Antioquia, involucraba tres procesos de responsabilidad fiscal. Por lo tanto, el 13 de febrero de 2023 ordenó «conformar tres expedientes con lo actuado hasta la fecha, uno para cada proceso de responsabilidad fiscal, y asignar los números de radicación correspondientes» 801 , de lo cual resultaron dos conflictos adicionales. En esa medida, el presente conflicto gira exclusivamente en torno a determinar la competencia para conocer del proceso de responsabilidad fiscal 0302016. Finalmente, obra constancia de la Secretaría de la Sala en el sentido de que durante la fijación del edicto ambas autoridades presentaron alegatos. III. ARGUMENTOS DE LAS PARTES a. Del Concejo de Medellín Indica que, según lo previsto en el artículo 75 del Decreto Ley 262 de 2000, la Procuraduría Regional de Antioquia tiene la competencia para el trámite y decisión de los impedimentos manifestados por el Contralor General de Medellín, por tratarse de una autoridad del orden territorial que carece de superior jerárquico. 798 Archivo digital SAMAI – Archivo del Tribunal –07EnvioConsejoEstado20221014 7 Archivo digital SAMAI documento 8. 799 Archivo digital SAMAI, documento 15. 800 Archivo digital SAMAI, documento 21. 801 Archivo digital SAMAI, documento 41.
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