Memoria 2022
735 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 h) El Procurador General de la Nación. i) El Fiscal General de la Nación. j) El Defensor del Pueblo. k) A solicitud de la ciudadanía, a través de los mecanismos de participación que establece la ley. Parágrafo. Cuando a través de las Comisiones Constitucionales Permanentes del Congreso se solicite la intervención funcional excepcional a la Contraloría General de la República, quien así lo solicite deberá presentar un informe previo y detallado en el cual sustente las razones que fundamentan la solicitud, la cual deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de la Comisión Constitucional a la cual pertenece el congresista. Si la solicitud fuere negada por la Comisión Constitucional no podrá volver a presentarse hasta pasado un año de la misma. El informe previo y detallado que debe presentar el congresista a la Comisión Constitucional Permanente del Congreso de la República deberá contener la información prevista en los literales b), c) y d) del artículo 23 del presente decreto ley. En los artículos 23 a 28, inclusive, el Decreto 403 se ocupa de los requisitos de las solicitudes de intervención, los trámites, informes y demás actuaciones que adelantará la Contraloría General de la República en ejercicio de ese control excepcional. Destaca la Sala que en el Decreto Ley 403, la intervención funcional excepcional de la Contraloría General de la República, conserva las características de: i) exceptuar las reglas de competencia de los órganos de control fiscal territoriales, sobre los recursos propios de las entidades territoriales; ii) ser rogada; inclusive el Decreto Ley 403 amplía las personas y autoridades habilitadas para solicitar la intervención funcional excepcional; iii) desplazar a la correspondiente contraloría territorial. Una diferencia significativa es que podrá ser ejercida en cualquier tiempo, en concordancia con las modificaciones constitucionales respecto de las oportunidades de ejercicio del control fiscal en general. 5.4. Análisis del caso concreto El conflicto planteado se suscitó entre la Contraloría General de la República y la Contraloría Municipal de Valledupar.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz