Memoria 2022

646 MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 4.3. La reforma al Régimen de Control Fiscal, a través del Acto Legislativo 4 del 18 de septiembre de 2019 El artículo 2° del Acto Legislativo 4 del 18 de septiembre de 2019, modificó el artículo 268 de la Constitución. A continuación, se subrayan los apartes adicionados y se resaltan en negrilla algunos que requieren énfasis: Artículo 2o . El artículo 268 de la Constitución Política quedará así: Artículo 268 . El Contralor General de la República tendrá las siguientes atribuciones: […] 10. Proveermediante concurso público los empleos de carrera de la entidad creados por ley. Esta determinará un régimen especial de carrera administrativa para la selección, promoción y retiro de los funcionarios de la Contraloría. Se prohíbe a quienes formen parte de las corporaciones que intervienen en la postulación y elección del Contralor, dar recomendaciones personales y políticas para empleos en ese ente de control. […] Parágrafo transitorio. La asignación básicamensual de los servidores de la Contraloría General de la República y su planta transitoria será equiparada a los de los empleos equivalentes de otros organismos de control de nivel nacional. Para la correcta implementación del presente acto legislativo, y el fortalecimiento del control fiscal, la ley determinará la creación del régimen de carrera especial de los servidores de las contralorías territoriales , la ampliación de la planta de personal, la incorporación de los servidores de la planta transitoria sin solución de continuidad y la modificación de la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República , garantizando la estabilidad laboral de los servidores inscritos en carrera pertenecientes a esa entidad y a contralorías territoriales intervenidas. Exclusivamente para los efectos del presente parágrafo y el desarrollo de este acto legislativo, otórguense precisas facultades extraordinarias por el términode seismeses al Presidente de laRepública para expedir decretos con fuerza de ley. De acuerdo con lo anterior, el contralor general de la República mantiene la potestad de proveer los empleos de carrera de la Contraloría que cree la ley, mediante concursos públicos. Así que, cuando el numeral 10° de la norma en cita dispone: «Esta determinará un régimen especial de carrera administrativa para la selección, promoción y retiro de los funcionarios de la Contraloría», hace clara alusión a «la ley». En consecuencia, el régimen especial de carrera administrativa de la Contraloría General de la República y de las contralorías territoriales 653 debe ser fijado mediante una ley. 653 De acuerdo con lo establecido en el parágrafo transitorio de esta misma norma, y en el artículo 272 superior, inciso 6°: «Los contralores departamentales, distritales y municipales, ejercerán, en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la República en el artículo 268 en lo que sea pertinente […]»

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