Memoria 2022
641 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 4.2 Aplicación de la Ley 909 de 2004 al régimen especial de carrera administrativa de la Contraloría General de la República y de las contralorías territoriales. La Ley 909 de 2004, en su artículo 3° establece que las disposiciones en ella contenidas se aplican también a los servidores públicos de las carreras especiales, incluyendo los de la Contraloría General de la República y las contralorías territoriales, pero «con carácter supletorio, en caso de presentarse vacíos en la normatividad que los rige». Así lo expresó: Artículo 3. campo de aplicación de la presente ley […] 2. Las disposiciones contenidas en esta ley se aplicarán, igualmente, con carácter supletorio, en caso de presentarse vacíos en la normatividad que los rige, a los servidores públicos de las carreras especiales tales como: • Rama Judicial del Poder Público. • Procuraduría General de la Nación y Defensoría del Pueblo. • Contraloría General de la República y Contralorías Territoriales. • Fiscalía General de la Nación. • Entes Universitarios autónomos. • Personal regido por la carrera diplomática y consular. • El que regula el personal docente. • El que regula el personal de carrera del Congreso de la República […] Parágrafo 2o . Mientras se expida las normas de carrera para el personal de las Contralorías Territoriales y para los empleados de carrera del Congreso de la República les serán aplicables las disposiciones contenidas en la presente ley. [Subraya la Sala]. Al efecto, la Corte Constitucional, en la Sentencia C-073 de 2006, declaró exequible precisamente la expresión «el personal de las contralorías territoriales», antes reseñada, y puntualizó: Esta Corporación al fijar el alcance de los artículos 268-10 y 272 de la Carta Política, concluyó que el régimen de carrera en las contralorías es de carácter especial por
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