Memoria 2022
611 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 Se concluye, por lo tanto, que en el presente caso existe un conflicto positivo de competencias administrativas, y que la Sala de Consulta y Servicio Civil está habilitada para resolverlo. 2. Suspensión de los términos legales El inciso final del artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo ordena que: «[m]ientras se resuelve el conflicto, los términos señalados en el artículo 14 se suspenderán». 604 En consecuencia, el procedimiento consagrado en dicha norma, modificado en su inciso 3 por el artículo 2 de la Ley 2080 de 2021, para el examen y la decisión de los asuntos que se plantean a la Sala como conflictos negativos o positivos de competencias administrativas, prevé la suspensión de los términos de las actuaciones administrativas, de manera que no corren los términos a que están sujetas las autoridades para cumplir oportunamente sus funciones. El mandato legal de suspensión de los términos es armónico y coherente con los artículos 6º de la Constitución y 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por cuanto el ejercicio de funciones administrativas por autoridades carentes de competencia deviene en causal de anulación de las respectivas actuaciones y decisiones. Como la suspensión de los términos es propia del procedimiento y no del contenido o alcance de la decisión que deba tomar la Sala, en la parte resolutiva se declarará que, en el presente asunto, los términos suspendidos se reanudarán o comenzarán a correr a partir del día siguiente al de la comunicación de esta decisión. 3. Síntesis del conflicto y problema jurídico Ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado se ha propuesto conflicto positivo de competencias administrativas, suscitado entre la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Comisión Especial de Carrera de las Contralorías Territoriales, con el fin de determinar la entidad que debe continuar los procesos de selección para la provisión de empleos en vacancia definitiva de sesenta contralorías territoriales. El anterior desacuerdo surgio a raíz de lamodificacióndel artículo268de la Constitución, hecha por el artículo 2° del Acto Legislativo 4 de 2019 605 , especialmente, en relación con el numeral 10 y el parágrafo transitorio, adicionado con la reforma. El numeral 10 citado otorga al contralor general de la República la atribución de proveer, mediante concurso público, los empleos de carrera de ese organismo creados por ley, y dispone que la misma ley debe determinar un régimen especial de carrera administrativa para la selección, promoción y retiro de los funcionarios de la Contraloría. Por su parte, 604 La remisión al artículo 14 del CPACA debe entenderse hecha al artículo 1 de la Ley Estatutaria 1755 de 2015. 605 Acto Legislativo 4 de 2019 (septiembre 18), «Por medio del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal».
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