Memoria 2022

591 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 Por suparte, el artículo 5.° del citadodecreto señala como funciones de la Supertransporte en materia portuaria, las siguientes: Artículo5°.FuncionesdelaSuperintendenciadeTransporte. LaSuperintendencia de Transporte tendrá las siguientes funciones: […] 3. Vigilar, inspeccionar y controlar el cumplimiento de las disposiciones que regulan la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte, salvo norma especial en la materia. 4. Vigilar, inspeccionar y controlar las condiciones subjetivas de las empresas de servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura y servicios conexos. 5.Realizarvisitasdeinspección,interrogar,tomardeclaracionesy,engeneral,decretar y practicar pruebas, con el fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones de la normativa cuyo control es de competencia de la Superintendencia. […] 13. Impartir instrucciones para la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte, así como en las demás áreas propias de sus funciones; fijar criterios que faciliten su cumplimiento y señalar los trámites para su cabal aplicación. […] 15. Emitir los conceptos relacionados con la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte. […] 18. Todas las demás que se le atribuyan de conformidad con la ley. […] Como se evidencia de las normas transcritas, la Supertransportemantiene la competencia para inspeccionar, vigilar y controlar la actividad de los operadores portuarios, así como la facultad de inspeccionar los contratos de concesión portuaria.

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