Memoria 2022
582 MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL algún tipo de competencia e incidencia en lo relativo a la autorización previa, en caso de ser afirmativa la respuesta, por favor indicar que función cumple dicha entidad. (ii) precisar si en caso de existir la autorización previa de la Superintendencia de Puertos para que la Sociedad Portuaria realice la actividad implica una modificación al Contrato de Concesión Trámite al derecho de petición presentado ante la Supertransporte: 5. El 4 de marzo de 2022, la Supertransporte trasladó el derecho de petición 564 a la ANI para que esa entidad diera respuesta. Algunas de las razones de la remisión, fueron las siguientes: […] Que mediante Decreto 1800 de 2003, se creó el Instituto Nacional de Concesiones – INCO. Que de acuerdo con losDecretos 1800 de 2003 y 2053 de 2003 y la ResoluciónNo. 007546 del 5 de septiembre de 2003, el Ministerio de Transporte cedió al Instituto Nacional de Concesiones – INCO, a título gratuito, los contratos y convenios vigentes, entre esos el Contrato de Concesión No. 009 de 1994. […] 565 6. El 8 de abril de 2022, laANI devolvió el derechode petición 566 a la Supertransporte porque consideró que la solicitud hacía referencia «al proceso de inscripción y registro de los operadores portuarios tanto marítimos como fluviales», cuyo trámite es competencia de dicha Superintendencia. 567 Algunas de las razones de la remisión, fueron las siguientes: Enelartículo36delaLey1753de2015,seestablecequelecorrespondealaSuperintendencia de Puertos y Transporte, para efectos del control en el pago de la contribución de vigilancia, reglamentar la inscripción y registro de los operadores portuarios, marítimos y fluviales. Para tal efecto se emitió la Resolución No. 07726 de 1 de marzo de 2016 de la entonces Superintendencia de Puertos y Transporte “Por medio de la cual se reglamenta la Inscripción y el registro de los Operadores Portuarios Marítimos y Fluviales”, la cual indica lo siguiente: “(…) Artículo 1o. Objeto. La presente resolución tiene por objeto reglamentar la inscripción y el registro ante la Superintendencia de Puertos y transporte de los operadores portuarios, marítimos y fluviales, que operan en el territorio nacional. […] Respectoa las competenciasde laAgenciaNacional de Infraestructura resultapertinente mencionar que […] la inspección, vigilancia y control de los operadores portuarios 564 El derecho de petición trasladado es el que se reseña en el numeral 1.3. precedente. En el escrito de remisión se citan dos números de radicado: 20226300133961 y el 20225340261352. 565 Carpeta de reparto del expediente digital que obra en SAMAI. 566 La devolución es del derecho de petición con Rad. núm. 20226300133961. 567 Carpeta de formulación del conflicto del expediente digital incorporado a SAMAI.
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