Memoria 2022
557 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 propiedad del Municipio de Yopal que se liquida y recauda a través de la Secretaría de Hacienda, en los términos establecidos por el Concejo Municipal. En consideración con lo anterior, la Sala declarará que, le corresponde a la Secretaría de Hacienda del Municipio de Yopal responder la solicitud de exención de la sobretasa ambiental de los inmuebles de propiedad de la iglesia Cristiana de los Testigos de Jehová ubicados en la jurisdicción del Municipio de Yopal, atendiendo a sus competencias como administradora del tributo, como titulares de los recursos del impuesto predial, recaudadores de la Sobretasa al predial y ejecutora de la normativa expedida por el Concejo Municipal. Por lo expuesto, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR COMPETENTE a la Secretaría de Hacienda del Municipio de Yopal, para estudiar la solicitud de exención de la sobretasa ambiental de los inmuebles de propiedad de la iglesia Cristiana de los Testigos de Jehová que conforman la jurisdicción del Municipio de Yopal. SEGUNDO: REMITIR a la Secretaría de Hacienda del Municipio de Yopal para lo de su competencia. TERCERO: COMUNICAR esta decisión a la Corporación Autónoma Regional de Orinoquía (CORPORINOQUÍA), a la Iglesia Cristiana Testigos de Jehová, a la Alcaldía Municipal de Yopal (Casanare) y al Concejo Municipal de Yopal. CUARTO: RECONOCER personería jurídica al doctor Andrés Fabián Cruz Cárdenas para actuar como apoderado del Municipio del Municipio de Yopal, al doctor Julián Córdoba Villegas como apoderado de la Iglesia Cristiana Testigos de Jehová, en los términos y para los efectos de los respectivos poderes y documentos anexos que obran en el expediente. QUINTO: ADVERTIR que contra la presente decisión no procede recurso alguno, tal como lo dispone expresamente el inciso 3° del artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. SEXTO: Los términos legales a que esté sujeta la actuación administrativa en referencia se reanudarán o empezarán a correr a partir del día siguiente a aquel en que se comunique la presente decisión. SUSCRIBEN EL CONFLICTO: Ana María Charry Gaitán, Presidente de la Sala. Édgar González López, Consejero. Maria del Pilar Bahamón Falla, Consejera. Óscar Darío Amaya Navas, Consejero. Reina Carolina Solórzano Hernández, Secretaria de la Sala.
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