Memoria 2022
531 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 13. CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA ORINOQUÍA (CORPORINOQUÍA) Y MUNICIPIO DE YOPAL. Asunto: Autoridad competente para conocer de la solicitud de exención de la sobretasa ambiental de los inmuebles de propiedad de la Iglesia Cristiana de los Testigos de Jehová que conforman la jurisdicción del Municipio de Yopal. Radicado 2022-00081 Fecha: 09/11/2022 Consejero Ponente: Óscar Darío Amaya Navas La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 39 y 112, numeral 10, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA, (Ley 1437 de 2011), modificados por los artículos 2 y 19, respectivamente, de la Ley 2080 de 2021 513 , procede a resolver el conflicto negativo de competencias administrativas de la referencia. I. ANTECEDENTES De acuerdo con los documentos allegados al expediente, se extraen los siguientes antecedentes 514 : La Iglesia Cristiana de los Testigos de Jehová mediante escrito YO-2016-08011, Solicitó a la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (CORPORINOQUÍA), «la exoneración del cobro de la sobretasa ambiental». 1. Mediante oficio núm. 400.40.16782-06782 de fecha 24 de agosto de 2016, CORPORINOQUÍA negó su competencia para dar solución a la petición de la Iglesia Cristiana Testigos de Jehová y en su lugar, pidió al entonces alcalde del Municipio de Yopal, la «exoneración de cobro de la Sobretasa Ambiental» e indicó: La Ley 20 de 1974 (tratado entre el Estado Colombiano y EI Estado Vaticano), ratificado con la Sentencia 027 de 1993 y según lo dispuesto en el fallo de tutela emanado de la Corte Constitucional T-621 de 2014, ordena a que exonere del pago del porcentaje ambiental de los gravamen (sic) a la propiedad inmueble a sobretasa con destino al medio ambiente. Medidas que son aplicables a este tipo de propiedades. 513 Ley 2080 de 2021 (enero 25), «Por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Conten- cioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la Jurisdicción». 514 La información se extrae de la copia digital del expediente administrativo allegado con la solicitud del conflicto de compe- tencias que reposa en SAMAI.
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