Memoria 2022
495 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 • Al interior de la comunidad indígena, hay autoridades propias instituidas (sic) desde tiempos ancestrales que gobiernan y hacen el control social con amparo en el derecho propio. • El día 11 de nobiembre[sic] de 2018 junto con mi hija y su señora madre, comparecimos al despacho de la autoridad Tradicional del resguardo Indígena de Sibundoy para resoler [sic] los asuntos relacionados con la cuota alimentaria y asuntos comportamentales demi hija Daira Alejandra Mavisoy […] • La madre de mi hija la señora CONCEPCIÓN JAMIOY JIMÉMEZ por razones no argumentadas, determino [sic] desconocer los acuerdos pactados en el despacho de la autoridad [sic] Tradicional, por ello acudió con la diligencia a la Comisaria de familia [sic]; sin embargo, el día 17 de junio 2019 el señor Comisario Intermunicipal del Valle de Sibundoy por falta de competencia jurisdiccional, decidió trasladar el asunto para que sea tramitado en la Jurisdicción Especial Indígena. […] • El gobernador de la autoridad tradicional del ResguardoKamëntsá Inga de San Francisco de la Vigencia 2019, manifestó bajo constancia firmada el día 12 de julio de 2019 que los asuntos que involucran a mi hija Daira Alejandra Mavisoy, a la madre de mi hija Concepción Jamioy y a mi nieto Nicolás Alejandro Chasoy Mavisoy, sean resueltos en la autoridad del Resguardo Indígena Kamëntsa de Sibundoy ya que las partes somos indígenas Kamëntsá Biyá residentes dentro del ámbito territorial del resguardo Indígena Kamëntsá de Sibundoy. […] • El caso para el cual me convoca laComisaria de Familia del ICBF ya está en conocimiento del Cabildo Indígena Kamëntsá Biya de Sibundoy y por ende la autoridad a la que debe someterse el asunto para el cual me cita es dicho Cabildo, por el cual estamos cobijados las partes. […] En consecuencia, con el debido respeto no voy a acudir a la convocatoria de su despacho, sino que atenderé el asunto cuando la Autoridad Tradicional de mi comunidad me llame y respetare [sic] los procedimientos, normas, leyes propias del PuebloKamëntsá y a ellasme someteré. 436 […] 1.9 Entonces, la Defensoría de Familia del ICBF - Centro Zonal Sibundoy - Regional Putumayo, dentro de la referida audiencia de conciliación, llevada a cabo el 15 de marzo de 2022, dictó auto a través del cual adoptó las siguientes decisiones: 436 Al documento anexó, entre otros documentos: una copia de certificación expedida por el Taita Gobernador del Resguar- do Indígena Kamëntsá Biyá de Sibundoy, Segundo Silvestre Chindoy Juagibioy, respecto a que el señor Segundo Aurelio Mavisoy Chindoy pertenece al Resguardo del Pueblo Indígena Kamëntsa Biyá, quien se encuentra registrado en el Censo Poblacional del Pueblo Indígena Kamëntsá, del 5 de marzo de 2022; así mismo, otra copia de certificación suscrita por la misma autoridad, en la cual se indica que revisados los archivos físicos de la oficina jurídica y de familia se encuentra el expediente 2018-028, correspondiente a la fijación de cuota alimentaria en favor de Dayra Alejandra Mavisoy Jamioy, del 14 de marzo de 2022; y copia de «audiencia de conciliación por incremento de cuota alimentaria en favor de la adolescente Daira Alejandra Mavisoy Jamioy», del 17 de junio de 2019, llevada a cabo en la Comisaría de Familia Intermunicipal Alto Putumayo, ubicada en el municipio de Sibundoy, diligencia que se declaró fracasada, teniendo en cuenta que el padre y el Taita Gobernador del Cabildo Indígena Kamëntsá Biyá de Sibundoy solicitaron el traslado de las diligencias a la Jurisdic- ción Especial Indígena. Expediente digital, archivo 3, folios 36 a 48.
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