Memoria 2022
489 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2022 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT, en el marco del derecho de asociación de los empleados públicos y la consecuente organización de la estructura sindical. Deotraparte, observa laSalaque las funcionesdelDepartamentoAdministrativode laFunción Pública se orientan esencialmente al mejoramiento del desarrollo y organización administrativa del Estado, la gestión del empleo público, del talento humano, de la gerencia pública, del control interno, de la transparencia, de la participación ciudadana, y de modelos y herramientas de calidad, desempeño y fortalecimiento institucional. En materia de relaciones laborales, debe advertirse que no obstante no hace parte del sector trabajo, el Departamento Administrativo de la Función Pública tiene a su cargo, en coordinación con el Ministerio del Trabajo, propender por la cultura del diálogo, la conciliación y el desarrollo social y económico, estimulando la concertación de las políticas salariales y laborales en el sector público; todo lo cual corresponde a una gestión de asesoría, promoción y coordinación en el marco del empleo público, sus condiciones y situaciones administrativas derivadas de las relaciones laborales colectivas. Lo anterior, conduce a concluir que los asuntos referidos a la organización y administración sindical cuyo conocimiento esté normativamente atribuido de manera directa al Ministerio de Trabajo u otra autoridad, no recaen en la órbita funcional del Departamento Administrativo de la Función Pública, en especial en su gestión consultiva. En consecuencia, considera la Sala y así lo declarará, que el Ministerio del Trabajo tiene a su cargo, atender, como lo ha hecho previamente, las consultas referidas a la conformación de subdirectivas, comités seccionales sindicales y su facultad de negociación, por ser temáticas que de manera expresa le han sido atribuidas por el Decreto 1072 de 2015 en armonía con el Decreto 4108 de 2011. En mérito de lo expuesto, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR competente al Ministerio del Trabajo para responder la consulta elevada por el señor Juan David Gómez Flórez, rector de la Institución Universitaria Colegio Mayor de Antioquia, el 3 de junio de 2021 bajo radicado número 02EE2021410600000043925, en relación con la conformación de subdirectivas y comités seccionales sindicales, y con la facultad de negociación de dichos comités. SEGUNDO: REMITIR la presente decisión y el expediente al Ministerio del Trabajo, para que continúe con la actuación correspondiente. TERCERO: COMUNICAR la presente decisión al Ministerio del Trabajo, al Departamento Administrativo de la Función Pública, y al señor Juan David Gómez Flórez, rector de la Institución Universitaria Colegio Mayor de Antioquia.
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