Memoria 2022
370 MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL Además, argumentó que el artículo 23 de la Ley 1762 de 2015 260 otorgó la competencia a la autoridad departamental para disponer de la mercancía incautada, por ese motivo podía disponer de las cajetillas de cigarrillos aprehendidas el 8 de diciembre de 2020. 261 8. El 24 de febrero de 2022, la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Montería solicitó a la Sala de Consulta y Servicio Civil dirimir el presente conflicto positivo de competencias suscitado entre dicha autoridad y la Secretaría de Hacienda Departamental de la Gobernación de Córdoba en torno a la facultad «para aprehender y decomisar mercancías sujetas al impuesto al consumo que ingresan ilegalmente al país por no estar amparados por los documentos expresados en el artículo 594 del Decreto 1165 de 2019». 262 II. ACTUACIÓN PROCESAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 2° de la Ley 2080 de 2021, se fijó edicto en la Secretaría de esta Sala por el término de cinco días, con el fin de que las autoridades involucradas y las personas interesadas presentaran sus alegatos en el trámite del conflicto. 263 Consta que se informó sobre el presente conflicto a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Nacionales de Montería, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN, a la Secretaría de Hacienda Departamental de la Gobernación de Córdoba, al Comando de Policía de Lorica (Córdoba), al Ministerio de Defensa y a la Fiscalía General de La Nación. 264 Obra constancia de la Secretaría de la Sala en el sentido que durante la fijación del edicto, el doctor Pablo Nelson Rodríguez Silva, en calidad de apoderado especial de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, presentó consideraciones. Asimismo, el doctor Manuel Salvador Nule Rhenals, en calidad de apoderado del Departamento de Córdoba radicó alegatos. Las demás autoridades guardaron silencio. 265 III. ARGUMENTOS DE LAS PARTES a. De la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN Solicitó dirimir el conflicto positivo de competencias a favor de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Montería «dado que, de acuerdo a la normatividad vigente 260 Ley 1762 de 2015 (julio 6) [«P]or medio de la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contra- bando, el lavado de activos y la evasión fiscal». 261 Archivo digital SAMAI documento 5, folio 50. 262 Archivo digital SAMAI documento 3. 263 Archivo digital SAMAI documento1, folio 1. 264 Archivo digital SAMAI, documento 15. 265 Archivo digital SAMAI documento 19.
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