Memoria 2022
202 MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL Enterminos analogos aotrasnormas, laLey443de1998 14 definio lacarreraadministrativa como «un sistema tecnico de administracion de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administracion publica y ofrecer igualdad de oportunidades para el acceso al servicio publico, la capacitacion, la estabilidad en los empleos y la posibilidad de ascenso». A su turno, la Ley 909 de 2004 15 , cuyo articulo 58 derogo, entre otros preceptos, el articulo 1° de la Ley 443 de 1998, estableció, en su artículo 27, que: […] La carrera administrativa es un sistema tecnico de administracion de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración publica y ofrecer; [sic] estabilidad e igualdad de oportunidades para el acceso y el ascenso al servicio publico. Para alcanzar este objetivo, el ingreso y la permanencia en los empleos de carrera administrativa se haran exclusivamente con base en el merito, mediante procesos de seleccion en los que se garantice la transparencia y la objetividad, sin discriminacion alguna. Es tal la importanciaquenuestroordenamiento juridicootorgaa lacarreraadministrativa, -con sus componentes de concurso publico, merito e igualdad de oportunidades para acceder, permanecer y ascender a los cargos publicos-, que la Corte Constitucional la ha distinguido como uno de los valores o principios que identifican la Constitucion de 1991. 16 Sobre la carrera administrativa en laContraloríaGeneral de laRepública y las contralorías territoriales, el numeral 10 del artículo 268 de la Carta estatuyó, en su texto original, que el contralor general de la República tendría, entre otras, la siguiente atribución: […] 10. Proveer mediante concurso público los empleos de su dependencia que haya creado la ley. Esta determinará un régimen especial de carrera administrativa para la selección, promoción y retiro de los funcionarios de la Contraloría. Se prohíbe a quienes formen parte de las corporaciones que intervienen en la postulación y elección del Contralor, dar recomendaciones personales y políticas para empleos en su despacho. […] [Subraya la Sala]. Es decir, que el sistema de carrera de la Contraloría General de la República es especial y de origen constitucional. Esta regla se aplica igualmente a las contralorías departamentales, distritales y municipales, en la forma en que lo establezca la ley, pues el artículo 272 de la Constitución señala que los respectivos contralores ejercerán, en el ámbito de su 14 «Por la cual se expiden normas sobre carrera administrativa y se dictan otras disposiciones». 15 «Por la cual se expiden normas que regulan, el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones» 16 Corte Constitucional, Sentencia C-824 de 2013.
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