Memoria 2022
194 MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL Administrativa de las sesenta contralorías territoriales, se allegó una relación de tales actos administrativos, entre los cuales se encuentra el núm. 0167 del 12 de marzo de 2020, correspondiente a la Contraloría de Bogotá, y la Sala pudo constatar tal información en la página web de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Asimismo, se señaló que los acuerdos originales y sus anexos fueron publicados en la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil el 13 de marzo de 2020, entre los cuales se encuentra el núm. 0167 de 2020 antes mencionado. Al efecto, la entidad anexó una certificación del 9 de febrero de 2022, en la que se incluyen los pantallazos tomados de la página web que evidencian las fechas de publicación de los acuerdos. III. ARGUMENTOS DE LAS PARTES a. Comisión Nacional del Servicio Civil Como no presentó alegatos, se retoman los argumentos indicados en el escrito de proposición del presente conflicto de competencia administrativa. Esta entidad destacó que su competencia transitoria para adelantar los procesos de selección para la provisión de las vacantes definitivas en los empleos de carrera administrativa de las contralorías territoriales está dada desde la Ley 909 de 2004, artículo 3°, numeral 2°, facultad que ha sido confirmada, en reiteradas ocasiones, por el Consejo de Estado. También, precisó que, posteriormente, se expidió el Acto Legislativo 04 de 2019, que le otorgó facultades extraordinarias y temporales al Presidente de la República para expedir decretos con fuerza de ley a partir de la modificación del artículo 268 superior. En ese sentido, señaló que, en virtud de estas facultades, el Gobierno expidió el Decreto Ley 409 de 2020, que creó el régimen de carrera especial de los servidores de las contralorías territoriales, el cual, en su artículo 49 consagró un régimen de transición, frente a convocatorias o procesos de selección para proveer cargos de carrera que venían adelantando las contralorías al momento de su promulgación. De acuerdo con el régimen de transición la Comisión Nacional del Servicio Civil conservaría su competencia hasta la culminación de aquellos concursos que se encontraban en curso o en fase de planeación, o que ya hubieran sido convocados, para la fecha de expedición del referido decreto. Recuerda que esta disposición entró a regir el 16 de marzo de 2020, según el artículo 50 de dicha normativa. Adicionalmente, la Comisión Nacional del Servicio Civil precisó que, el 31 de enero de 2019, inició la etapa de planeación; que, en sesión del 10 de marzo de 2020 el concurso, que comprendía los procesos de selección 1358 a 1417 de 2020, fue aprobado por la Sala Plena de Comisionados, y que, el 13 de marzo de 2020, se publicaron los acuerdos regulatorios en la página web de la Comisión del Servicio Civil, los cuales son
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